Se consideran usuarios de la Biblioteca con derecho a préstamo domiciliario los siguientes:
Todas las personas matriculadas en cualquiera de las enseñanzas que imparta la UCM y Centros Adscritos, de acuerdo con la duración de sus cursos.
El personal docente, investigador y PAS de la UCM, de acuerdo con la duración de su relación contractual con la Universidad.
Los doctorandos que tras haber finalizado los cursos de doctorado, acrediten haber formalizado la matrícula de la tutela académica para la elaboración de la tesis doctoral.
Los que en virtud de convenios o acuerdos vigentes de la UCM tengan derecho a ello.
Profesores y PAS de la UCM que se hayan jubilado (Art. 89 Reglamento BUC)
Aquellas personas que por razones de investigación demanden el servicio de préstamo, avalados por el Decano o Director de un Centro, el Director de un Departamento, el Director de una Sección Departamental o el Director de la Biblioteca de un centro de la UCM. La BUC dispondrá de un modelo de aval impreso que podrá facilitar a las personas interesadas.