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Boletín UE 1/2-1998
Medio ambiente (25/27)

1.3.236. Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre el desmontaje y la eliminación de las instalaciones extraterritoriales de petróleo y gas abandonadas.

Referencias:
Convenio sobre la protección del medio marino del Nordeste Atlántico, Bol. 10-1997, punto 1.2.172
Conclusiones del Consejo relativas al Convenio sobre la protección del medio marino del nordeste atlántico, Bol. 12-1997, punto 1.2.184

Aprobación por la Comisión, el 18 de febrero. La Comisión examina en esta comunicación los problemas técnicos, económicos, jurídicos y medioambientales planteados por el desmontaje y la eliminación de las instalaciones extraterritoriales de petróleo y gas abandonadas. Destacando los riesgos medioambientales vinculados a la inmersión de estas instalaciones, la Comisión constata que la casi totalidad de las instalaciones presentes en aguas europeas (con excepción de determinadas grandes plataformas de hormigón) puede desmontarse completamente, con toda seguridad y a un coste aceptable, y traerse a tierra para reciclar y eliminar en buenas condiciones. Considera que las normas en la materia deben basarse por tanto en el principio de la prohibición de eliminar estas plataformas en el mar, combinado con condiciones precisas para la concesión de exenciones, que deberían seguir siendo excepcionales, y recomienda que la Unión Europea defienda este principio en las negociaciones internacionales sobre esta cuestión, en particular en la próxima reunión ministerial de las partes en el convenio sobre la protección del medio marino del Nordeste Atlántico, prevista en julio.
[ COM(1998) 49 ]


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