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Boletín UE 4-1998
Mercado interior (5/21)

Vehículos a motor

1.2.23. Propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 74/60/CEE del Consejo, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el acondicionamiento interior de los vehículos a motor (partes interiores de la cabina distintas del retrovisor o retrovisores interiores, disposición de los mandos, techo o techo corredizo, respaldo y parte trasera de los asientos).

Directiva que debe modificarse: Directiva 74/60/CEE del Consejo (DO L 38 de 11.2.1974), cuya última modificación la constituye la Directiva 78/632/CEE, DO L 206 de 29.7.1978

Adopción por la Comisión, el 2 de abril. Objeto: introducir en la Directiva 74/60/CEE del Consejo las disposiciones relativas a los cristales de mando eléctrico, a los techos corredizos y a las mamparas de separación de mando eléctrico; modificar el título y el ámbito de aplicación de la Directiva 74/60/CEE del Consejo para permitir la introducción posterior de disposiciones específicas relativas a los vehículos de categorías distintas de las categorías M1 (vehículos particulares). Estas medidas son necesarias para permitir la recepción comunitaria por tipo de vehículo.

(Fundamento jurídico: artículo 100 A del Tratado CE)
[ DO C 149 de 15.5.1998 y COM(1998) 159 ]


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