1.2.56. Decisión de la Comisión relativa a ayudas en favor de la creación de dos astilleros en Oristano (Cerdeña) y Belvedere Marittimo (Calabria).
Aprobación por la Comisión, el 22 de abril. La Comisión decidió incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 93 del Tratado CE con respecto a ayudas a la inversión para la creación de dos astilleros, destinados a la construcción de buques transbordadores rápidos, situados respectivamente en Oristano (Cerdeña) y Belvedere Marittimo (Calabria). Cada inversión ascendería a 83 900 millones de ITL (45 millones de ecus), y las ayudas previstas serían respectivamente de 53 400 millones de ITL (27,3 millones de ecus) y 56 400 millones de ITL (28 millones de ecus). La Comisión alberga serias dudas en cuanto a la compatibilidad de estas inversiones con la séptima Directiva, en particular, por lo que se refiere a la obligación, en caso de creación de nuevas capacidades, de reducir de modo concomitante capacidades similares en el Estado miembro de que se trate.