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Boletín UE 10-1998
Competencia (18/28)

Italia

1.2.52. Decisión de la Comisión relativa a unas ayudas al Instituto Poligrafico e Zecca dello Stato y a las empresas que éste controla.

Referencia: Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, DO C 368 de 23.12.1994 y Bol. 7/8-1994, punto 1.2.42

Aprobación por la Comisión, el 28 de octubre. La Comisión decidió incoar el procedimiento del apartado 2 del artículo 93 del Tratado CE respecto de las ayudas al grupo Poligrafico, esto es, al Instituto Poligrafico e Zecca dello Stato (Poligrafico) y a las empresas que éste controla, cuyas actividades incluyen la fabricación de papel normal y papel para billetes de banco y de sellos oficiales y de colección, así como la publicación de los documentos oficiales del Estado y obras culturales y literarias de interés nacional. Sin estas ayudas, las empresas beneficiarias del grupo habrían registrado pérdidas significativas y se hallarían en una difícil situación. Las ayudas consisten, por una parte, en aumentos de capital por un total de 304 000 millones de ITL (156,5 millones de ecus) efectuados por Poligrafico en beneficio de la empresa del grupo Cartieri Miliani y, por otra, en el pago de precios excesivos en el contexto de los contratos suscritos por el Estado con Poligrafico, con un beneficio que oscilan entre 130 000 y 270 000 millones de ITL (66 a 139 millones de ecus), especialmente con la empresa Verres. Para ser compatibles con el mercado común, las ayudas tendrían que atenerse a las condiciones fijadas en las Directrices sobre ayudas a empresas en crisis. La Comisión duda seriamente de ello y, por este motivo, inició el citado procedimiento.


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