[ Bienvenidos | Boletines (1998) | Indice acumulado Boletines | Informe General | Indice Informe General | Salida ]
[ Sumario | Página anterior | Página siguiente | Indice ]

Boletín UE 11-1998
Cooperación en los ámbitos de la justicia y de los asuntos de interior (4/9)

1.4.4. Proyecto de acción común, sobre la base del apartado 2 del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, referente a la solidaridad en la acogida y la estancia de beneficiarios de la protección temporal de las personas desplazadas.

Propuesta de la Comisión: DO C 268 de 27.8.1998, COM(1998) 372 y Bol. 6-1998, punto 1.5.3

Dictamen del Parlamento Europeo, el 20 de noviembre. Favorable. El Parlamento desea un equilibrio entre los esfuerzos de los Estados miembros a la hora de acoger a los refugiados y a las personas desplazadas. Recuerda que el Fondo europeo para los refugiados es el instrumento financiero del presupuesto de la Unión gracias al cual se concreta la solidaridad entre los Estados miembros.
[ DO C 379 de 7.12.1998 ]


[ Bienvenidos | Boletines (1998) | Indice acumulado Boletines | Informe General | Indice Informe General | Salida ]
[ Sumario | Página anterior | Página siguiente | Indice ]