1.4.4. Propuesta de decisión del Consejo relativa a una acción común por la que se establecen medidas concretas de ayuda para la acogida y repatriación voluntaria de refugiados, personas desplazadas y solicitantes de asilo.
Adopción por la Comisión, el 16 de diciembre. La Comisión ha adoptado dos propuestas complementarias sobre los refugiados, los solicitantes de asilo y las personas desplazadas, que forman un conjunto coherente destinado a ayudar a las personas que piden protección en los Estados miembros. La primera propuesta se refiere a un programa de acción comunitaria para promover la integración de los refugiados en la Unión (-> punto 1.2.25). La segunda propuesta se refiere a una acción común relativa a la ayuda a la acogida de los solicitantes de asilo y las personas desplazadas y a su repatriación voluntaria a su país de origen.
La propuesta de acción común prevé, por lo que se refiere a la ayuda a la acogida, una ayuda financiera para infraestructuras de acogida destinadas a las personas que piden protección. Cubre también los derechos sociales que se les concederán, como unas mínimas condiciones de vida, atención sanitaria, educación y formación. Otras medidas subvencionables están vinculadas a la eficacia y equidad de los procedimientos de asilo, incluida la asistencia jurídica y los servicios de asesoramiento, interpretación e información sobre los derechos y obligaciones recíprocos. Se presta especial atención a los grupos vulnerables como los menores no acompañados, las víctimas de torturas o violaciones y las personas que requieren cuidados médicos especiales.
En caso de repatriación voluntaria al país de origen, las medidas a que se dirige la acción común corresponden, sobre todo, a los ámbitos siguientes: recogida y difusión de información referida, por ejemplo, a la organización económica y administrativa del país de origen, oportunidades de empleo, derechos de propiedad y otros asuntos jurídicos; asesoramiento a personas que están considerando regresar voluntariamente a su país de origen y a las que ya han decidido regresar; formación y educación para proporcionar a los repatriados voluntarios conocimientos que les servirán en su país de origen. Los gastos de transporte y el apoyo de medidas vinculadas a la reintegración en el país de origen también pueden financiarse, como complemento de otras acciones.
[ COM(1998) 733 ]