42. El 6 de julio, el Consejo ( 1 ) aprobó formalmente las orientaciones generales de las políticas económicas de los Estados miembros y de la Comunidad para 1998, que habían sido objeto, de conformidad con las disposiciones del apartado 2 del artículo 103 del Tratado CE, de una Recomendación de la Comisión el 13 de mayo, ( 2 ) de un proyecto de recomendación del Consejo, el 5 de junio, ( 3 ) y de una conclusión del Consejo Europeo de Cardiff, ( 4 ) que destacó la necesidad de reforzar este instrumento de vigilancia, coordinar las políticas económicas y promover una convergencia sostenida. El Parlamento Europeo, a su vez, había aprobado el planteamiento de la Comisión en una Resolución adoptada el 28 de mayo. ( 5 ) En diciembre, el Consejo Europeo de Viena destacó la necesidad de profundizar y robustecer la coordinación de las políticas económicas. ( 6 )