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Informe General 1998 - Capítulo IV: Espacio económico y social comunitario
Sección 4: Mercado interior (11/51)

Ámbito técnico

158.  El Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron, el 22 de junio, la Directiva 98/34/CE, ( 1 ) por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas ( cuadro I), que codifica la Directiva 83/189/CEE y sus modificaciones sucesivas, y posteriormente, el 20 de julio, la Directiva 98/48/CE, que amplía el ámbito de aplicación de la Directiva 98/34/CE a las normas relativas a los servicios de la sociedad de la información ( cuadro I). El Consejo había destacado, el 30 de marzo, la necesidad de mejorar la aplicación del principio de reconocimiento mutuo, teniendo en cuenta, en particular, la experiencia adquirida en la aplicación de la Directiva 83/189/CEE. ( 2 )


( 1 ) La Comisión ha publicado en todas las lenguas comunitarias un folleto explicativo sobre este procedimiento (Luxemburgo, Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, ISBN 92-828-2786-0).
( 2 ) Bol. 3-1998, punto 1.2.26.

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