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Informe General 1998 - Capítulo IV: Espacio económico y social comunitario
Sección 4: Mercado interior (30/51)

177.  El Parlamento Europeo, el 22 de octubre, ( 1 ) y el Comité Económico y Social, el 9 de septiembre, ( 2 ) se pronunciaron sobre el proyecto de Comunicación interpretativa de la Comisión ( 3 ) sobre la libre prestación de servicios e interés general en el sector de los seguros. El Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron, el 29 de octubre, la Directiva 98/78/CE, relativa a la supervisión adicional de las empresas de seguros que formen parte de un grupo de seguros ( cuadro I), destinada principalmente a impedir que los grupos de seguros soslayen los requisitos de solvencia impuestos por las Directivas existentes. Por otra parte, el Libro Verde de la Comisión sobre los sistemas complementarios de pensiones en el mercado único ( 4 ) fue objeto, el 3 de diciembre, de una Resolución del Parlamento Europeo. ( 5 ) El Comité Económico y Social adoptó, el 29 de enero, un Dictamen de iniciativa titulado «Los consumidores en el mercado de los seguros». ( 6 )


( 1 ) DO C 341 de 9.11.1998 y Bol. 10-1998, punto 1.2.30.
( 2 ) DO C 407 de 28.12.1998 y Bol. 9-1998, punto 1.2.24.
( 3 ) Informe General de 1997, n° 206.
( 4 ) COM(97) 283 e Informe General de 1997, n° 207.
( 5 ) DO C 398 de 21.12.1998 y Bol. 12-1998.
( 6 ) DO C 95 de 30.3.1998 y Bol. 1/2-1998, punto 1.3.47.

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