[ Bienvenidos | Boletines (1998) | Indice acumulado Boletines | Salida ]
[ Sumario | Página anterior | Página siguiente | Indice ]

Informe General 1998 - Capítulo IV: Espacio económico y social comunitario
Sección 14: Política energética (22/32)

Aspectos sectoriales

Petróleo

417.  El 14 de abril la Comisión adoptó una propuesta de directiva destinada a mejorar el dispositivo, previsto por la Directiva 68/414/CEE, por el que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de petróleo crudo y/o de productos petrolíferos ( cuadro II). Esta Directiva fue adoptada por el Consejo el 14 de diciembre. Asimismo, el 19 de junio, la Comisión adoptó una propuesta de decisión destinada a actualizar el procedimiento comunitario de información y consulta sobre los costes de abastecimiento de petróleo crudo y los precios al consumo de los productos petrolíferos ( cuadro II). Por otra parte, en un informe ( 1 ) aprobado el 15 de julio, la Comisión dio cuenta del buen funcionamiento de la Directiva 94/22/CE ( 2 ) sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos. Asimismo, participó de forma activa en las actividades relativas al cierre de las instalaciones offshore de extracción de petróleo y de gas (  n° 520). Por su parte, el 13 de octubre, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron una Directiva relativa a la calidad de la gasolina y del combustible diesel (  n° 502).


( 1 ) COM(1998) 447 y Bol. 7/8-1998, punto 1.3.145.
( 2 ) DO L 164 de 30.6.1994 e Informe General de 1994, n° 344.

[ Bienvenidos | Boletines (1998) | Indice acumulado Boletines | Salida ]
[ Sumario | Página anterior | Página siguiente | Indice ]