511. El 14 de agosto, la Comisión propuso sustituir el Reglamento (CE) n° 3093/94, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, ( 1 ) por un Reglamento que permita cumplir las obligaciones de la Comunidad en virtud del Protocolo de Montreal, tal como quedó modificado en 1997, ( 2 ) y reflejar los avances conseguidos en la comercialización de sustancias alternativas. Esta propuesta, que el 21 de diciembre recibió el acuerdo del Consejo con vistas a una posición común, prevé que se interrumpa la utilización en el territorio comunitario de los clorofluorocarburos y los halones, y que se prohíba la producción y la comercialización, de aquí al año 2001, del bromuro de metilo, y de forma paulatina, de los hidroclorofluorocarburos, al tiempo que se prohibirá la exportación de los equipos que contengan clorofluorocarburos y halones ( cuadro II). Además, el 23 de octubre, la Comisión presentó una estrategia específica de eliminación progresiva de los clorofluorocarburos utilizados en los inhaladores dosificadores. ( 3 )