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Informe General 1998 - Capítulo IV: Espacio económico y social comunitario
Sección 17: Medio ambiente (30/47)

511.  El 14 de agosto, la Comisión propuso sustituir el Reglamento (CE) n° 3093/94, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, ( 1 ) por un Reglamento que permita cumplir las obligaciones de la Comunidad en virtud del Protocolo de Montreal, tal como quedó modificado en 1997, ( 2 ) y reflejar los avances conseguidos en la comercialización de sustancias alternativas. Esta propuesta, que el 21 de diciembre recibió el acuerdo del Consejo con vistas a una posición común, prevé que se interrumpa la utilización en el territorio comunitario de los clorofluorocarburos y los halones, y que se prohíba la producción y la comercialización, de aquí al año 2001, del bromuro de metilo, y de forma paulatina, de los hidroclorofluorocarburos, al tiempo que se prohibirá la exportación de los equipos que contengan clorofluorocarburos y halones ( cuadro II). Además, el 23 de octubre, la Comisión presentó una estrategia específica de eliminación progresiva de los clorofluorocarburos utilizados en los inhaladores dosificadores. ( 3 )


( 1 ) DO L 333 de 22.12.1994 e Informe General de 1994, n° 533.
( 2 ) Informe General de 1997, n° 553.
( 3 ) COM(1998) 603 y Bol. 10-1998, punto 1.2.132.

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