554.
La propuesta de ayuda al desarrollo rural a través
del
Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola
(FEOGA) (
cuadro II) establece la financiación
por la sección de Orientación de las medidas relativas a
la mejora de las estructuras agrarias y al desarrollo rural en las zonas
subvencionables por el objetivo n° 1 (excepto las medidas agroambientales,
la jubilación anticipada, las medidas forestales y el régimen
de ayuda a la agricultura en las zonas desfavorecidas, financiadas por
la sección de Garantía en toda la Unión) y por la
sección de Garantía en las zonas no subvencionables por dicho
objetivo. Por otra parte, reúne en un solo texto la totalidad de
las medidas de apoyo al desarrollo rural, dispersas actualmente en nueve
Reglamentos. Se trata de la ayuda al proceso de adaptación del sector
agrícola (modernización de las explotaciones y mejora de
las estructuras de transformación y comercialización), la
ayuda a la instalación de los agricultores jóvenes y a la
jubilación anticipada, el régimen de ayuda a la agricultura
de montaña y de las zonas desfavorecidas, la ayuda al desarrollo
de una agricultura respetuosa con el medio ambiente, las medidas forestales
y de desarrollo del sector maderero y las medidas específicas de
formación, y plantea asimismo una visión más amplia
del desarrollo de las zonas rurales, con objeto de aprovechar todos los
recursos de las mismas (productos locales, turismo, patrimonio cultural
y diversificación económica), mejorar la calidad de vida
en el medio rural y proteger el medio ambiente.