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Informe General 1998 - Capítulo IV: Espacio económico y social comunitario
Sección 20: Política agrícola (9/48)

554. La propuesta de ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) ( cuadro II) establece la financiación por la sección de Orientación de las medidas relativas a la mejora de las estructuras agrarias y al desarrollo rural en las zonas subvencionables por el objetivo n° 1 (excepto las medidas agroambientales, la jubilación anticipada, las medidas forestales y el régimen de ayuda a la agricultura en las zonas desfavorecidas, financiadas por la sección de Garantía en toda la Unión) y por la sección de Garantía en las zonas no subvencionables por dicho objetivo. Por otra parte, reúne en un solo texto la totalidad de las medidas de apoyo al desarrollo rural, dispersas actualmente en nueve Reglamentos. Se trata de la ayuda al proceso de adaptación del sector agrícola (modernización de las explotaciones y mejora de las estructuras de transformación y comercialización), la ayuda a la instalación de los agricultores jóvenes y a la jubilación anticipada, el régimen de ayuda a la agricultura de montaña y de las zonas desfavorecidas, la ayuda al desarrollo de una agricultura respetuosa con el medio ambiente, las medidas forestales y de desarrollo del sector maderero y las medidas específicas de formación, y plantea asimismo una visión más amplia del desarrollo de las zonas rurales, con objeto de aprovechar todos los recursos de las mismas (productos locales, turismo, patrimonio cultural y diversificación económica), mejorar la calidad de vida en el medio rural y proteger el medio ambiente.


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