605. El 8 de junio el Consejo adoptó una Decisión ( cuadro III) sobre la ratificación, por la Comunidad Europea, del Acuerdo para la aplicación de las disposiciones del Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativas a la conservación y la gestión de las poblaciones de peces cuyos desplazamientos se efectúan dentro y fuera de las zonas económicas exclusivas (poblaciones transzonales) y las poblaciones de especies altamente migratorias. El objetivo de este Acuerdo es favorecer la conservación y la explotación sostenible de dichas poblaciones y especies mediante el fortalecimiento de las organizaciones pesqueras internacionales y la cooperación internacional. ( 1 )