801. En el contexto de la estrategia de preadhesión reforzada definida por el Consejo Europeo de Luxemburgo, ( 1 ) se establecieron asociaciones para la adhesión con los diez países de Europa Central ( n° 806). Además s e concluyó un pacto de preadhesión sobre criminalidad organizada con los diez países de Europa Central y con Chipre ( n° 976), mientras que en mayo ( 2 ) y septiembre ( 3 ) se celebraron en Bruselas dos reuniones conjuntas de los Ministros de Justicia y Asuntos de Interior de los once países candidatos y de los Quince. El Consejo, por otro lado, autorizó a la Comisión, el 13 de octubre, a negociar protocolos adicionales a los Acuerdos de asociación con los once países candidatos con el fin de asociarlos al quinto programa marco de investigación y desarrollo tecnológico ( cuadro III). Por su parte, el Comité Económico y Social expresó, el 25 de marzo, su intención de organizar cada año audiencias con los agentes económicos y sociales de los países candidatos. ( 4 ) En las secciones 8 («Relaciones con los países de Europa Central») y 9 («Relaciones con los países del Mediterráneo y de Oriente Medio») del presente capítulo ( nos 806 y siguientes, 830 y siguientes) se facilita información complementaria sobre la aplicación de la estrategia de preadhesión a los países de Europa Central y a Chipre.