LOS
PROGRESOS MACROECONÓMICOS EN LOS CANDIDATOS A LA UE.
CRITERIOS
ECONÓMICOS PARA LA ADHESIÓN.
FERNANDO ALONSO GUINEA.
Dr. en CC. Económicas. Profesor del Departamento de
Economía Aplicada I. Universidad Complutense de Madrid.
INDICE
1.
Introducción
2.
Situación actual del proceso de ampliación
3.
¿Son necesarios los criterios económicos?
4.
Análisis macroeconómico
5.
Una valoración de conjunto
6.
Conclusión
7.
Mas allá del Este de Europa…
8.
Bibliografía
En el siguiente documento se analiza la evolución de los candidatos al
proceso de ampliación de la UE en función de los datos macroeconómicos
publicados recientemente por la agencia Eurostat. Dichas cifras han sido
utilizadas para elaborar los informes periódicos que analizan a través de
comisiones conjuntas de los gobiernos y de la Comisión las evoluciones
alcanzadas en cada uno de los capítulos en los que los aspirantes se han de
adaptar con anterioridad a su adhesión a la UE. A través de la interpretación
de esos datos se intenta evaluar la situación interna y externa en que cada uno
de ellos se encuentra y su capacidad para competir en un mercado único expuesto
a la competencia de rivales mucho más experimentados en el funcionamiento de
las economías de mercado. Asimismo, es interesante evaluar las implicaciones y
distorsiones que la adhesión puede provocar en el funcionamiento institucional
y económico del resto de socios.
1.
INTRODUCCIÓN
La
ampliación es una oportunidad histórica para la Unión Europea. Este hecho no
ha tenido parangón histórico en los retos asumidos hasta el momento actual,
obligando a las instituciones comunitarias a efectuar profundos cambios para
afrontar el pulso de pasar de 15 a 27 estados miembros en un breve periodo de
tiempo.
En
muchas ocasiones bajo las siglas PECO[1] se aglutinan países para
los que se definen ciertas características comunes. Sin embargo, la realidad
indica que los hechos distintivos entre las economías candidatas a la adhesión
son mucho más numerosos que sus semejanzas. Poco tienen en común países como
Bulgaria y Eslovenia, o Polonia y Rumania. Todo ello sin tener en cuenta que
otras economías candidatas a la adhesión como Chipre y Malta cuentan como único
elemento de partida común con el resto de candidatos el de ser países
europeos.
En
el proceso de ampliación al Este de Europa resulta de vital importancia no
precipitarse y quemar sucesivamente todas las etapas necesarias, ya que
cualquier paso en falso, puede tener consecuencias imprevisibles en el futuro.
En este sentido, la experiencia apoya esta teoría ante los recientes
acontecimientos acaecidos en los procesos de ratificación seguidos en los
Estados Miembros para la aprobación del Tratado de Niza. Nos referimos
evidentemente al plebiscito celebrado en Irlanda donde, debido a la escasa
participación ciudadana y a la movilización de los euroescépticos, una
estrecha mayoría de los votantes se opuso a la aprobación de las reformas
plasmadas en la propuesta de cambio de los Tratados de la UE. No debemos olvidar
que las nuevas incorporaciones de estados miembros han de ser aprobadas “por
unanimidad” de todos los estados miembros. En la reciente cumbre de Göteborg
se ha alcanzado un compromiso para sacar adelante la aprobación del Tratado de
Niza, instando a Irlanda a buscar una salida a la situación creada, lo que ha
supuesto el espaldarazo final para dar luz verde al proceso de ampliación.
A
partir del año 1989, momento en el que cae el muro de Berlín, el proceso de
acercamiento de las economías del Este de Europa al ámbito capitalista ha sido
imparable. Estas economías, producto de procesos de especialización
irracionales, han tenido que reformar sus sistemas económicos desde la
planificación centralizada hacia las economías de mercado. Las
transformaciones más radicales se han producido en dos ámbitos económicos:
1.
La fijación de los precios:
los precios venían marcados por los planificadores en función de criterios
administrativos sin atender a la composición de sus costes, ya que las materias
primas, la energía o el trabajo no estaban remunerados en función de su valor
real. Ello provocaba un uso ineficiente de los recursos económicos que se
traducía en el despilfarro de bienes escasos y la contención de otros
abundantes.
2.
El sistema de incentivos:
no premiaba la productividad del trabajo, sino la consecución de objetivos en
el plan. Ello llevaba a producciones ineficientes y provocaba el colapso del
sistema al no ajustar la oferta a la demanda.
En
este proceso de transición, los candidatos se han tenido que adaptar a las
condiciones establecidas por la UE para permitir el acercamiento necesario y
considerar su futura adhesión.
Las
condiciones para ser miembro de pleno derecho de la Unión Europea son tres:
ü
Tener una economía de mercado
ü
Un sistema político democrático
ü
Ser país europeo
Debido
a estas razones, y a la situación de partida de los países candidatos a la
adhesión, dos de estos tres criterios estaban fuera de sus parámetros.
Es un entramado de acuerdos a través
de los cuales se va envolviendo a los candidatos para que asuman el acervo
comunitario y adapten sus condiciones internas a las existentes en el resto de
la Unión. Dentro de estos acuerdos y medidas existen algunas que prestan apoyo
financiero a los candidatos para financiar cambios estructurales en sus economías
(SAPARD, PHARE, TAIEX, ISPA...) además de los acuerdos de asociación que
tienen un fuerte componente comercial y otros que cooperan a la introducción
del acervo.
Los Acuerdos de Asociación son los instrumentos
principales de la estrategia de preadhesión. Se pusieron en marcha en diciembre
de 1999 para los PECO y en el año 2000 para Chipre y Malta. En ellos se evalúa
por una comisión conjunta periódicamente la evolución de 31 puntos
prioritarios en la adaptación para la adhesión.
A partir de los informes periódicos, se establecen las prioridades a
corto y medio plazo que debe respetar cada país para cumplir los criterios de
adhesión.
En los informes
elaborados hasta la fecha, la UE aún no ha hecho uso de la llamada cláusula de
condicionalidad prevista en los Acuerdos de Asociación por la que se podría
penalizar a aquellos países que no evolucionasen favorablemente para alcanzar
determinados objetivos prefijados. En todos los informes elaborados hasta la
fecha se elogian los progresos obtenidos en algunos capítulos y se incide en
otros en los que las reformas necesarias para alcanzar la adhesión evolucionan
de forma más lenta.
El
proceso de construcción europea emanado de la voluntad de Jean Monnet y Robert
Schumann tras la segunda guerra mundial, ha visto como cada década son más y más
los países que solicitan su adhesión al proyecto, lo que día a día ayuda a
su expansión y consolidación como el más exitoso proyecto mundial de
integración económica. En el Consejo Europeo de Copenhague[2]
se acordó que los países de Europa Central y Oriental que lo deseen se
conviertan en miembros de la Unión Europea. El ingreso de estos países tendrá
lugar cuando cumplan con las condiciones políticas y económicas solicitadas
por las instancias comunitarias. Esta declaración política realizada por el órgano
de máximo nivel en las instituciones europeas ha supuesto el apoyo definitivo
para abrir las puertas a trece países candidatos[3].
Con el proceso de ampliación hacia el
este se consigue culminar la reunificación económica del viejo continente
pasando página a los incidentes acaecidos en los últimos 80 años en los que
guerras calientes y frías destemplaron la unidad del continente[4].
2.
SITUACIÓN ACTUAL DEL PROCESO DE AMPLIACIÓN
La
evolución seguida por los candidatos en el cumplimiento de las condiciones ha
sido positiva en los informes
elaborados por las comisiones evaluadoras entre 1999 y 2001. Sin embargo, y a
pesar de los grandes esfuerzos realizados por los candidatos, aún queda mucho
por hacer antes de su inclusión en la UE. Esto es así, no sólo por la situación
en la que se encuentran los candidatos, sino además, por los diversos problemas
que su inserción puede provocar en las protegidas economías comunitarias. La
adaptación de sectores como el agrícola, el minero-siderúrgico, el sector
pesquero, las industrias básicas o los mercados de trabajo, han sido en los últimos
meses noticias recurrentes en los rotativos de Europa Occidental. Asimismo,
otros temas han sido objeto de debate público en fechas recientes como la
viabilidad de los fondos estructurales y de cohesión o la absorción de mano de
obra procedente de los candidatos, dejando en un segundo plano los progresos
realizados a través de sacrificios por los aspirantes a la adhesión.
Es
necesario, por tanto, acomodar los ritmos de las reformas de los aspirantes y de
los miembros de la UE, ya que sentiremos en nuestros mercados y presupuestos el
peso de la ampliación. Aquí será necesario que cada palo aguante su vela y
que, si se busca el progreso en lo que se ha denominado el reto más importante
al que se ha enfrentado la Unión Europea, la ampliación al Este de Europa,
cada país esté dispuesto a asumir su coste. Clara queda la postura de
Alemania, cuyo objetivo es beneficiarse desde el primer instante del
abastecimiento de los mercados de los nuevos miembros, copando el 60% de los
intercambios comerciales de algunos de ellos, retrasando la posibilidad de abrir
su mercado de trabajo a los aspirantes y sin poner un solo euro más sobre el
presupuesto para los nuevos miembros. Los países del sur tendremos que
renunciar poco a poco a los fondos estructurales y de cohesión a partir del año
2006. Por tanto, se pide más a los países más ricos y a los más pobres pero,
¿qué ocurre con el resto de estados de la UE? ¿Qué costes están dispuestos
a asumir países como Holanda, Bélgica, Italia, Finlandia, Suecia o la propia
Francia? Si su renta está muy por encima de los países que nos situamos al sur
de la UE ¿cómo se va a reflejar esto en sus nuevas aportaciones al
presupuesto?. Sin duda la batalla para el próximo paquete presupuestario está
servida y las reformas estructurales necesarias para dar cabida a los nuevos
socios no se pueden hacer esperar.
Las
conclusiones del Consejo Europeo de Göteborg 15-06-2001 han establecido las
pautas políticas de la UE ante su ampliación.
ü
Una vez determinadas las debilidades del proceso de adhesión debido a
las dudas creadas en la ratificación, expuesta a referendum por Irlanda, se
crea la necesidad de reforzar el proceso a nivel político y retomar el debate
acerca del futuro de la Unión ante las dudas creadas sobre la ratificación del
Tratado de Niza.
ü
La ampliación al Este de Europa ha puesto a disposición de los
estados miembros la oportunidad de reformar las instituciones comunitarias. Las
estructuras que se crearon en el año 58 para dar cabida y representatividad a
seis estados no pueden ser válidas sin una profunda reestructuración para
expresar las opiniones de 27 países. Las nuevas oportunidades y cambios
surgidos de esta realidad no tienen marcha atrás y deberán discutirse en la
conferencia intergubernamental que siente las bases de una reforma más profunda
en el año 2004. En dicha conferencia se deberán tratar temas relacionados con
la reforma institucional encargada de adaptar las instituciones comunitarias a
las nuevas demandas de los ciudadanos. Para ello, se deben reformar los sistemas
de trabajo y funcionamiento de dichas instituciones.
ü
La ratificación del Tratado de Niza continúa, así como una posición
favorable a la ampliación a los Estados del Este de Europa. Por ello, se ha
decidido que antes de finalizar el año 2002 y una vez concluido el informe
correspondiente a los progresos realizados por cada uno de los candidatos en
relación con los objetivos marcados, se decida cuales de ellos pasarán a
formar parte de la UE en una primera fase. Esta propuesta será confirmada a lo
largo del primer semestre de 2002 bajo la presidencia española del Consejo.
Respecto a los problemas surgidos en el proceso de
ampliación por la votación del Tratado de Niza celebrada en Irlanda, la posición
de la Unión se reafirma en la línea trazada en el Consejo de Asuntos Generales
celebrado en Luxemburgo el día 11 de junio. Cualquier solución a la actual
situación pasa por encontrar una salida, en la medida de lo posible, para que
el gobierno irlandés reafirme, lo antes posible, su apoyo a la ampliación y
esto no afecte ni retrase las negociaciones para la adhesión.
Durante la presidencia Sueca del Consejo de la Unión
Europea desarrollada a lo largo del primer semestre de 2001, muchos han sido los
acontecimientos a los que las instituciones europeas han tenido que dar
respuesta. Solo los esfuerzos de las diferentes partes han permitido alcanzar
logros significativos. Dichos acuerdos han estado vinculados a algunas grandes
áreas. En el caso de la revisión de los capítulos en negociación, más de
dos terceras partes de los capítulos analizados en el periodo se han cerrado
provisionalmente por parte de un número importante de países. Las revisiones
de los capítulos también han comenzado con aquellos países con los que el
proceso ha comenzado en una segunda fase, esperando haber abierto todos los capítulos
pendientes a lo largo del año 2001. Las presidencias belga y española del
segundo semestre de 2001 y primer semestre de 2002 habrán de determinar el
impulso final al proceso de adhesión.
Las exigencias para los candidatos en este momento
se marcan en forma de esfuerzos para trasponer el acervo comunitario e
insertarlo en sus disposiciones legales nacionales. Se está prestando especial
atención a la adecuación del aparato administrativo, la reforma de los
sistemas judiciales, así como el respeto a las minorías. Se ha pedido un
esfuerzo especialmente intenso en el caso de Bulgaria y Rumania.
Los candidatos serán juzgados únicamente en función
de sus méritos individuales. Es decir, existe la posibilidad de que países que
han iniciado con mas retraso el proceso de adhesión sean los primeros en
adquirir el pasaporte comunitario y otros que están entre los pioneros del
proceso de evaluación vean retrasado su ingreso al no alcanzar los logros
prefijados.
El proceso de ampliación tiene carácter
irreversible. Esta afirmación se puede fundamentar en el pasado Consejo Europeo
en el que se han valorado muy positivamente los progresos alcanzados por los
candidatos y los avances realizados en las negociaciones para la ampliación.
Los progresos respecto a los criterios pactados evolucionan según el calendario
previsto y todo parece indicar que, aquellos candidatos que se encuentren en una
mejor posición puedan haber finalizado la negociación con todos los capítulos
cubiertos a finales del año 2002, de seguir la tendencia actual. Esta declaración
no pretende excluir a los candidatos que hoy por hoy estén más rezagados en el
proceso de negociación, ya que a cada país se le evaluará en función de sus
propios avances. El objetivo es que si en dicha fecha, finales de 2002, han
finalizado las negociaciones de adhesión, se anunciará los países que forman
parte de la primera ampliación y se procederá a la preparación para la adhesión
antes de celebrarse las elecciones al Parlamento Europeo en el año 2004, para
que los nuevos miembros estén representados en las instituciones democráticamente.
Recientemente se han abierto nuevos capítulos de
negociación con Chipre, República Checa, Eslovenia, Polonia, Hungría y
Estonia hasta completar la práctica totalidad de capítulos a analizar en el
proceso de transformación. En este grupo de países solo quedan pendientes de
análisis los capítulos relativos a instituciones (cap.30) y cuestiones
diversas (cap.31). En el resto de socios el proceso va algo más retrasado.
Mientras este primer grupo ha abierto 29 de los treinta y un capítulos, en el
segundo Malta ha abierto 17, 16 Letonia, Lituania y Eslovaquia, 11 capítulos
Bulgaria, y 9 Rumania. El principio
de diferenciación en el proceso de ampliación ha hecho que las velocidades de
los diferentes aspirantes sean dispares y han sido cerrados provisionalmente 17
con Chipre, 16 con Estonia, 14 con Hungría, 13 con la República Checa y
Eslovenia, 12 con Malta y Polonia, 10 con Eslovaquia, 9 con Letonia, 8 con
Bulgaria, 7 con Lituania y 6 con Rumania. Los
capítulos en los que las negociaciones están más avanzadas son los relativos
a la aplicación del acervo comunitario, la libre circulación de mercancías,
la libre prestación de servicios, la libre circulación de capitales
(incluyendo asistencia técnica en la reforma de los mercados de valores) y el
derecho de sociedades que favorece la libre empresa y la libertad en la fijación
de precios que favorezca la competencia interna y externa. El capítulo en el
que se está encontrando más resistencia al cambio es el agrícola afectando a
disposiciones transitorias[5] que fijan los periodos
hasta la aplicación en toda su extensión del acervo comunitario.
A partir de este momento, se invita a los candidatos
a que vayan más allá en su intento de homologarse con las políticas de los
miembros de pleno derecho, aportando nuevos objetivos económicos, sociales y
ambientales, convirtiéndolos en prioritarios como está ocurriendo en la
legislación elaborada en los últimos años por la UE. Así se invita a que
adopten la iniciativa eEuropa+ que ayudará a homogeneizar las medidas tendentes
a la investigación y el desarrollo de las empresas implantando métodos tecnológicamente
avanzados y respetuosos con el medio ambiente.
A partir del año 2003 la Comisión incluirá a los
candidatos en su informe de síntesis anual, así como en las políticas de
competencia comunitaria que se aplican en cada uno de ellos.
3.
¿SON NECESARIOS LOS CRITERIOS ECONÓMICOS?
El
Consejo ECOFIN[6] ha expresado su voluntad
de contribuir, en la medida de sus posibilidades, a la integración económica
de los países candidatos de forma que se minimice el impacto para ambas partes.
Esta intención incluye a todos aquellos países con los que se han iniciado
negociaciones para su adhesión independientemente de la situación actual que
el proceso esté viviendo en cada candidato. El Consejo del ECOFIN ha estado
reflexionando acerca de las consecuencias de la ampliación bajo diferentes
escenarios económicos. En dicho análisis, se ha podido ver que, en la medida
en la que las economías de los nuevos miembros se homogeneicen con las de los
existentes, el impacto se reducirá en gran medida. A la vista de estas
conclusiones, dicho consejo económico y financiero se ha apresurado a
recomendar medidas con el objeto de definir estrategias de integración económica.
Los riesgos económicos de la inserción
de países en la UE proceden de la introducción de shocks externos causados por
los desequilibrios internos y externos de sus economías. Las principales
fuentes de inestabilidad son los desequilibrios presupuestarios, los abultados déficits
exteriores y los diferenciales de inflación con la zona UE que merman su
competitividad y aumentan las diferencias en los niveles de renta real. Para
estabilizar las economías de los candidatos se han tenido en cuenta la nota de
la Comisión (DG de Ampliación) sobre los progresos económicos realizados por
cada país en las evaluaciones de los criterios de Copenhague y en las
evaluaciones macrofinancieras realizadas periódicamente. Estos criterios
suponen la base de la estabilidad macroeconómica y el crecimiento en el largo
plazo. En si, los criterios económicos fijados en 1993 pretendían establecer
un símil entre los programas de convergencia establecidos para la Unión
Monetaria en Maastricht y unos criterios que buscaban la convergencia económica,
aunque no real, que evitase la introducción de elementos distorsionanates del
equilibrio macroeconómico con la incorporación de nuevos miembros. En la nota
de la Comisión, también aparecen las reformas estructurales necesarias con
antelación a la adhesión. El último elemento fundamental que se fija en el
proceso es la necesidad de un diálogo fluido con cada uno de los países para
efectuar una evaluación macroeconómica y financiera conjunta de los logros
alcanzados.
En los diálogos y evaluaciones
producidas hasta el momento, la tónica ha sido los informes positivos. Los
avances han resultado significativos aunque la disparidad entre el bloque de países
ha sido notable. Los objetivos marcados son dos:
ü
La existencia de una economía de
mercado en funcionamiento. Esto quiere decir que el peso del estado sobre las
economías no debe intervenir sobre el funcionamiento libre de las mismas. Se
deben eliminar regulaciones estatales y privatizar las empresas del sector público
que no tengan una eminente función social.
ü
La capacidad para hacer frente a
las fuerzas del mercado y la presión competitiva dentro de la Unión Europea.
En este segundo aspecto, resulta de especial importancia el funcionamiento del
sistema de precios. Valorar en su justa medida cada artículo y servicio
determina la competitividad de cada economía y su capacidad de medirse a economías
que, como las de la UE, tienen larga experiencia en el funcionamiento del
mercado.
Según
el informe de la Comisión a través de la Dirección General de Ampliación y
en palabras de su Director General Günther Verheugen, las diferencias siguen
siendo significativas, no solo con los estados miembros, también entre los
candidatos, si bien los avances realizados en la dirección de ser economías de
mercado, han sido significativos. En pocos años debieran concluir el proceso
siempre que no cejen en sus reformas estructurales. Los países mejor preparados para la adhesión son aquellos
en los que los mecanismos del mercado han sido instaurados permitiendo a los
agentes económicos la toma de decisiones bajo un entorno de mayor estabilidad y
seguridad.
El ECOFIN se manifiesta partidario de
acelerar el proceso de recuperación y estrechar los márgenes temporales para
dar cabida a los candidatos en la Unión. Durante un largo periodo de tiempo,
las sociedades de los países candidatos han estado realizando esfuerzos muy
importantes (desempleo, inflación, recortes sociales...) y es necesario que
vean los frutos de tantos sacrificios. De lo contrario, la agitación social
podría dar al traste con los logros alcanzados hasta la fecha.
Los últimos pasos se tendrán que dar
hacia la conclusión de las reformas. Esto permitirá la integración económica
en la UE. La convergencia nominal no se convertirá en efectiva sin que las
variables macroeconómicas y financieras adquieran una senda de estabilidad e
independencia respecto del exterior.
En la estabilidad macroeconómica, uno
de los problemas básicos para poder incidir posteriormente en otros derivados
en parte de él son los incrementos de precios. Se ha evolucionado positivamente
en casi todos los países en este aspecto. Sin embargo, la tendencia de los
precios sigue siendo superior a la existente en los miembros de la UE, lo que
resta competitividad a los productos y obliga a manipular con devaluaciones periódicas
los tipos de cambio para conseguir equilibrar la Balanza de Pagos, con la
consiguiente pérdida en la Relación Real de Intercambio. Una vez controlados
los precios habrá que incidir en incrementos de la productividad que enjuguen
los diferenciales de precios negativos para los candidatos. Dichos incrementos
de productividad se deben conseguir a través de la introducción de nuevos métodos
intensivos en tecnología. Ello garantizará la permanencia de las empresas y
beneficiará el equilibrio presupuestario. Así se permitirá ampliar las
inversiones en infraestructuras y mejorar la competitividad aún más. Todo ello
favorecerá la estabilidad del tipo de cambio y ello animará la entrada de
capitales que fomenten la inversión directa en las empresas. Para hacer esto
posible son necesarios un sistema de garantías en el sector bancario y un
funcionamiento adecuado de los mercados financieros. Los sistemas de cobro y
pago necesitarán una mayor seguridad jurídica y técnica.
El último punto vinculado a la
estabilidad macroeconómica y financiera está vinculado al establecimiento de
un diálogo fluido y permanente con los candidatos para marcar la estrategia de
su integración económica y financiera dentro de la UE e identificar los
riesgos y carencias que puedan aparecer en el proceso.
En
su informe, la Comisión recomienda al Consejo realizar informes anuales en
materia macroeconómica y financiera unidas al contexto de las negociaciones
periódicas de adhesión. “Para apoyar
el diálogo económico con los países candidatos, el Consejo pide que los
programas económicos de preadhesión presentados por los países candidatos, su
evaluación por la Comisión y las evaluaciones de la estabilidad
macrofinanciera se debatan en una reunión,
con la participación de los miembros del Comité Económico y Financiero y de
representantes de alto nivel de los países candidatos, que se organizaría bajo
cada Presidencia, empezando con Suecia en el primer semestre de 2001. Se invita
a la Comisión a que informe anualmente al Consejo Ecofin de su evaluación de
la comunicación de datos presupuestarios y de los programas económicos de
preadhesión que deben presentar los países candidatos a partir del 2001, así
como sobre las conclusiones de la reunión de alto nivel”.
4.
ANALISIS
MACROECONOMICO ([7])
En la evolución de los índices de
inflación, se puede observar una tendencia decreciente en la mayor parte de los
candidatos. Casos especiales son los de Chipre y Malta, exentos de la virulencia
de los procesos de transición económica. Especialmente llamativos son los
casos de Polonia y Eslovenia que en los primeros años de la reforma tuvieron en
sus economías elevados procesos inflacionistas, pero que en los últimos años
han tenido comportamientos ejemplares en la evolución de los precios. Algo
diferente ha ocurrido con otros países que no aplicaron terapias de shock o big-bans
monetarios. Es el caso de Hungría y otros países que han visto decrecer sus
tasas de inflación a ritmos más lentos, si bien los sacrificios para la
población en un primer momento fueron más moderados. Siguen siendo
preocupantes las evoluciones de los precios en Bulgaria y Rumania, reflejo y
termómetro de otros desequilibrios macroeconómicos. En este último caso serán
necesarias mayores reformas estructurales que permitan la libre fluctuación de
los precios.
Una
variable muy ligada a la evolución de los precios son los tipos de interés.
Los tipos de interés reales ponen en relación los niveles de inflación y los
tipos de interés nominales. La necesidad de practicar políticas monetarias
fuertemente restrictivas ha obligado a los gobiernos a elevaciones en los tipos
de interés. Este tipo de políticas ha tenido en ocasiones efectos perversos
sobre las economías. Las elevaciones de tipos nominales inciden al alza sobre
los tipos de interés reales. Las inversiones reales se desplazan hacia la deuda
pública provocando un efecto crowding out
sobre la inversión privada. Ello atrae inversiones especulativas procedentes
del exterior que en modo alguno sirven para el desarrollo económico. Estos
movimientos de capitales provocan alteraciones importantes en los tipos de
cambio que ven como las entradas y salidas de inversiones financieras
extranjeras contaminan las políticas monetarias practicadas por los gobiernos.
Una vez más, Rumania aparece en la peor posición seguida de Hungría y
Eslovaquia. La situación ha mejorado ostensiblemente a lo largo de los años
1999, 2000 y 2001 con reducciones sucesivas en los tipos.
Otro
elemento imprescindible para autorizar a los candidatos la adhesión son los
niveles relacionados con el equilibrio presupuestario. El primero de los que
analizamos es la Deuda Pública. Esta ratio enfrenta la variable stock del déficit
público o acumulación de los desequilibrios presupuestarios de los ejercicios
anteriores en relación al PIB. Determina el nivel de títulos del estado
emitidos y está vinculada a los intereses que se pagan por ellos a los tipos de
interés vigentes. Las cantidades expresadas a continuación se han generado en
su mayor parte en los diez últimos años. Esto ha sido provocado por las
reformas fiscales que han desfasado ingresos y gastos hasta conseguir su
efectividad. La falta de beneficios en las empresas y la economía sumergida han
sido factores que han debilitado los ingresos. Por la parte del gasto, la
cobertura social ha demandado cada vez más recursos. Los cambios estructurales
y las operaciones de saneado de empresas públicas para su privatización han
sido muy costosas para el estado. No obstante, todos los aspirantes cumplirían
con el criterio de convergencia de Maastricht al no superar el 60% del PIB. Las
correcciones a la baja de los últimos periodos se han producido por los
incrementos del PIB.
El
Déficit Público expresa la diferencia entre los ingresos y los gastos del
presupuesto. En los últimos periodos, el signo negativo ha sido la nota
predominante en todos los estados. Chipre y Malta han sido dos países a los que
la crisis de finales de los noventa ha afectado especialmente con relación al
equilibrio de las cuentas del estado. Otros aspirantes como Polonia, Hungría o
la Rep. Checa han mantenido el déficit bajo control, evolucionando
favorablemente. Ninguno de los países restantes presenta evoluciones
excesivamente preocupantes de sus Déficits estatales.
Crecimiento
del PIB
Las
dos variables anteriores se expresan como cocientes de la Deuda y el Déficit
respecto del Producto Interior Bruto. Por ello, el crecimiento o evolución de
esta variable, no afecta solo al empleo, la demanda interna y externa o la
capacidad real de gasto, sino que afecta en sí al equilibrio macroeconómico de
las cuentas del Estado. Como se puede observar, las evoluciones de esta variable
han sido ciertamente dispares tanto a lo largo de los periodos como entre los
diferentes integrantes del proceso de ampliación. Exceptuando de nuevo la
evolución seguida por Chipre y Malta, en los países expuestos a la transición
sistémica se produjeron en los primeros años noventa procesos importantes de
contracción productiva con tasas negativas unidas a la puesta en marcha de las
reformas estructurales y los procesos de privatización de empresas. Una vez
culminados dichos procesos, las tasas de crecimiento experimentadas han sido
espectaculares por parte de la mayor parte de candidatos. Hay que exceptuar una
vez más los casos de Bulgaria y Rumania, así como el de la Rep. Checa que en
los últimos periodos se está desplazando desde las primeras estancias de los
candidatos a la adhesión hacia otras más rezagadas. Los motivos de estos altos
crecimientos son dos: en primer lugar los bajos niveles de partida; en segundo
lugar los procesos de transformación en los que una vez saneadas las economías
están en mejor disposición para conseguir crecimientos estables en el largo
plazo.
Déficit
Exterior
Las cifras experimentadas por los saldos
del comercio exterior han tenido dos componentes. En primer lugar, la
competitividad de la producción experimentada a lo largo de los últimos diez años
ha sido favorable para colocar los bienes y servicios producidos por los
candidatos en la UE fundamentalmente, aunque también han conquistado nuevos
mercados. En segundo lugar se coloca la evolución de los precios, que junto con
las políticas monetarias existentes, han perjudicado la evolución de los tipos
de cambio y han obligado a conseguir competitividad a través de sucesivas
devaluaciones en sus monedas. La
norma habitual ha llevado a que los incrementos de precios internos dificulten
la competitividad de los productos en el exterior, ello origina déficits en la
balanza de mercancías que deben ser compensados por la balanza financiera. Para
conseguir esto último, es necesario elevar los tipos de interés y atraer
capitales especulativos que huyen en el momento que se devalúa la moneda para
generar más ingresos por exportaciones o exigen primas elevadas ante las
expectativas de pérdida de valor de sus inversiones. Si pudiésemos desglosar
las balanzas con la UE, podríamos observar que los saldos son en la mayoría de
los casos positivos y es la balanza de productos energéticos y materias primas
la que hace convertirse en negativo el saldo final.
En
las antiguas economías del este de Europa han sido habituales los empleos con
baja productividad (en casos negativas) y el sistema de incentivos no propiciaba
incrementos de productividad. La reconversión de las economías obligó a
cerrar numerosas empresas y expulsó rápidamente al desempleo a un gran número
de trabajadores que hasta entonces permanecía con el calificativo de “paro
encubierto”. Los sistemas de cobertura social no estaban preparados para
subsidiar a tantos desempleados, ya que el sistema de seguridad social estaba en
quiebra técnica. El sector privado no podía absorber tan rápidamente los
parados y ello produjo que hubiese un “gap” o desfase entre el momento que
se generaron los desempleados y el ritmo al que éstos encontraban un nuevo
trabajo. A pesar de ello, en ningún caso se han alcanzado las cifras de algunos
países de la UE si exceptuamos los casos de Eslovaquia, Eslovenia y Bulgaria.
Situación
respecto a la UE
En el siguiente gráfico se representan
las variables “% sobre la renta media de la Unión Europea”, “tasa de
crecimiento anual” y “tamaño de la economía”. Por ejemplo Polonia se
situaría como la segunda economía tras Turquía, aunque muy cerca de ella. Su
tasa de crecimiento anual es del entorno del 4% y la renta sobre la media de la
UE se acerca al 35%. Esta situación se repite en casi todos los candidatos que
están creciendo a ritmos superiores a los de los socios comunitarios, sin
embargo, sus bajísimos niveles de partida les colocan en una situación en la
que permanecen muy distanciados en capacidad de renta de la UE. Tan solo
Eslovenia, la Rep. Checa o Hungría se acercan al 50% de la renta media
comunitaria. ¿Cómo hacer converger economías tan dispares en niveles de
renta? ¿Serán suficientes los programas europeos de reforma estructural para
salvar las diferencias entre países? ¿Quién está dispuesto a poner más
dinero en el presupuesto para los nuevos miembros? Todas estas y muchas otras
preguntas deberán encontrar una respuesta antes de admitir a los nuevos
miembros dentro de la UE.
Fuente: elaboración propia a partir de datos de Eurostat
Las modificaciones en las estructuras de las
instituciones de la Unión Europea han sido aprobadas por la reunión de jefes
de estado y de gobierno de la Conferencia Intergubernamental sobre el proyecto
de Tratado de Niza que figura en los documentos SN 533/1/00 REV 1. Esta reforma
institucional, aplazada en tantas ocasiones previas supone un fuerte compromiso
con el proceso de ampliación. Este es un prerrequisito para permitir la entrada
de nuevos Estados miembros.
El
Consejo Europeo no ha podido evitar dar un importante impulso político al
proceso de ampliación. Los avances realizados en los procesos de negociación y
el cumplimiento de los requisitos han servido para corroborar las expectativas
depositadas en la capacidad de los candidatos para cumplir con las obligaciones
fijadas.
Las
estrategias definidas para facilitar el proceso de ampliación se han visto
ratificadas con la puesta en marcha de las medidas tendentes conseguir la
transformación sistémica y la convergencia económica y real. Estas
estrategias permiten a cada país decidir la velocidad en su transición, sin
ser ello obstáculo para que en el momento que cumpla las disposiciones
establecidas, pueda ingresar en la UE. Es decir que el proceso de adhesión está
regido por el principio de diferenciación por el que los méritos de cada
estado se analizan de forma independiente a los de sus vecinos.
Con
la reforma institucional pactada en Niza se culmina un proceso que se inició en
Amsterdam e incluso en la CIG 96 y que había sido aplazado en numerosas
ocasiones. La evaluación hecha en
Gotemburgo por los jefes de estado ha sido favorable a la admisión de los
nuevos miembros antes de las elecciones de 2004 al Parlamento Europeo, para que
así los nuevos miembros puedan tener elegidos sus representantes para esta
institución democráticamente. Asimismo, se ha introducido el acervo
comunitario en diversos elementos de los aspirantes, requisito previo para su
inserción de pleno derecho.
A
pesar de las numerosas reformas llevadas a cabo, no se puede ralentizar su ritmo
si se quiere estar preparado lo antes posible para la adhesión. Dentro de las
principales preocupaciones del Consejo figura la capacitación de la
administración estatal para hacer cumplir las normas comunitarias.
Se ha propuesto un plan de choque para que lo lleve a buen término la
Comisión con el objeto de incrementar la competitividad de las regiones
fronterizas.
Un
aspecto sobre el que hasta ahora no se había incidido es en la necesidad de que
los candidatos ejecuten una política monetaria compatible con la estabilidad de
su tipo de cambio. Esta es la condición de partida para que en un futuro, los
candidatos puedan plantearse la participación primero en el mecanismo de
cambios de la unión monetaria y más tarde la adopción del euro.
Los
indicadores macroeconómicos han evolucionado de forma muy favorable en la mayor
parte de los candidatos durante los últimos tres años. Así lo manifiestan los
informes realizados por la Dirección General para la Ampliación y los informes
de la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo.
Sin embargo, han aparecido ciertas debilidades en la Rep. Checa a finales
de los noventa y continúan los problemas estructurales de Bulgaria y Rumania.
7.
MAS
ALLÁ DEL ESTE DE EUROPA...
Las decisiones adoptadas en el reciente Consejo Europeo de Helsinki han
abierto nuevas expectativas a las aspiraciones turcas de formar en el futuro
parte de la Unión Europea. Sin embargo, y a pesar de los importantes progresos
alcanzados en la mayor parte de los capítulos relacionados con la estrategia de
pre-adhesión y los avances importantes surgidos de un constante y fluido diálogo
político, sigue existiendo un importante escollo para su adhesión: El respeto
a los derechos humanos y a las minorías étnicas. También se han producido
importantes avances en el proceso de adaptación de la legislación turca al
acervo comunitario. En la situación económica que atraviesa Turquía cobra
enorme importancia la rapidez con la que se apliquen las medidas tendentes al
cumplimiento de los objetivos fundamentales trazados en la estrategia de pre-adhesión.
Especialmente preocupan los asuntos relacionados con la estabilidad
macrofinanciera del país y la necesidad urgente de reformar el marco financiero
para lo que la Comisión está dispuesta a prestar todo su apoyo técnico y
humano. Para consolidar la recuperación económica es indispensable poner rápidamente
en marcha el programa acordado con el Fondo Monetario Internacional, necesario
para crear las condiciones mínimas para la reconstrucción.
Estratégicamente, la estabilidad política y económica en Ucrania es
muy importante para el resto de Europa. Asimismo, la UE conoce las aspiraciones
futuras de Ucrania de llegar desarrollar
totalmente sus reformas, establecer sistemas democráticos, respetar los
derechos humanos y aplicar las leyes orientadas a reformar económicamente el país
hasta alcanzar una economía de mercado. La reciente visita del presidente del
Consejo a Ucrania manifestó el apoyo de la UE a las reformas experimentadas en
la exrepública soviética y animó a continuar en sus procesos de cambio
abiertos.
RUSIA
En fechas
recientes, se han abierto cauces tendentes a la firma de un Acuerdo de Asociación
con Rusia cuya base deben ser valores compartidos. El objetivo es intensificar
el diálogo político e institucional con la aspiración de alcanzar progresos
importantes en áreas que puedan afectar a la estabilidad y progreso de las áreas.
En la última cumbre mantenida entre Rusia y la UE se
prestó especial atención a las cuestiones políticas y de seguridad. En
el horizonte estaba surgiendo la consolidación de un espacio económico europeo
común, prestar asistencia técnica vinculada a la seguridad energética y
nuclear, así como asuntos pendientes como los permisos para sobrevolar
territorio ruso por la aviación civil en territorio siberiano. Para hacer
frente a es estos y otros retos, la Comisión ha abierto una línea de crédito
del Banco Europeo de Inversiones destinada a proyectos de infraestructuras
prioritarios que en gran parte se centran en el sector energético y de
asistencia técnica. El otro capítulo abierto es la necesidad de favorecer la
libertad de expresión y liberalizar los sistemas de comunicación
e información.
CE:
Acuerdo de Asociación CEE-Turquía (1963) Diario Oficial 217 de 29.12.1964
CE:
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la
República Socialista Checoslovaca relativo a la «Testausschreibung»
DO L 088 31.03.1989 p.14 (DO
L 088 31.03.1989 p.1) 289A0331(02)
CE:
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la
República Popular de Polonia relativo a la «Testausschreibung»
DO L 339 22.11.1989 p.53 289A1122(02)
CE:
Acuerdo en forma de canje de notas por el que se suspende la aplicación del
apartado 1 del artículo 12 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y
la República Popular de Polonia sobre comercio y cooperación económica y
comercial
DO L 069 16.03.1990 p.70 290A0316(02)
CE:
Acuerdo europeo de asociación entre la UE y la República Checa. Protocolos
1-8. - Acta Final - Declaraciones - Declaraciones conjuntas
Diario Oficial n° L 360 de 31/12/1994 p.
0002 - 0210 21994A1231(34)
CE:
Acuerdo europeo de asociación entre la UE y la República de Eslovenia.
Protocolos 1-6. Acta final - Declaraciones conjuntas - Declaraciones
unilaterales.
Diario Oficial n° L 051 de 26/02/1999 P. 0003 – 0206
21999A0226(01)
CE:
Acuerdo europeo de asociación entre la UE y la República de Hungría.
Protocolos 1-6. Acta final - Declaraciones conjuntas. Declaraciones unilaterales
- Declaración sobre los Anexos IXa y XIc del Acuerdo
Diario Oficial n° L 347 de 31/12/1993 p.
0002 - 0266 21993A1231(13)
CE:
Acuerdo europeo de asociación entre la UE y la República de Polonia.
Protocolos 1-6. Acta final - Declaraciones conjuntas.
Diario Oficial n° L 348 de 31/12/1993 p.
0002 - 0180 21993A1231(18)
CE:
Acuerdo europeo de Asociación entre la CE y la República Checa. Protocolos
1-8. - Acta Final - Declaraciones - Declaraciones conjuntas
DO L 360 31.12.1994 p.2
294A1231(34)
CE:
Acuerdo Europeo de Asociación entre la CE y la República de Estonia.
Protocolos 1-5 Acta final -
Declaraciones conjuntas - Declaraciones unilaterales
DO L 068 09.03.1998 p.3 298A0309(01)
CE:
Acuerdo Europeo de Asociación entre la CE y la República Eslovaca. Protocolos
1-8 Acta Final - Declaraciones -
Declaraciones conjuntas
DO L 359 31.12.1994 p.2
294A1231(30)
CE:
Acuerdo europeo de Asociación entre la CE y Lituania. Protocolo 1-5. - Acta
final - Declaraciones conjuntas - Declaraciones unilaterales
DO
L 051 20.02.1998 p.3 298A0220(01)
CE:
Acuerdo europeo UE-Eslovenia. Protocolo 1-6
- Acta final - Declaraciones conjuntas - Declaraciones unilaterales DO L
051 26.02.1999 p.3 299A0226(01)
CE:
Agenda 2000 COM(97) 2000 final
CE:
COM(2000) 700 final
CE:
Comunicación de la Comisión al Consejo "Estrategia europea para Turquía"
COM (98) 124 final
CE: Decisión
1/95 del Consejo de Asociación CE-Turquía Diario Oficial L 35 de 13.02.1996
CE:
Decisión 1999/850/CE de 06.12.1999
CE:
Decisión 1999/857/CE
CE:
Decisión 1999/858/CE de 06.12.1999
CE:
Decisión 1999/858/CE de 06.12.1999
CE:
Decisión 98/260/CE del Consejo de 30.03.1998
CE:
Decisión 98/261/CE de 30.03.1998
CE:
Decisión 98/266/CE del Consejo de 30.03.98.
CE:
Decisión 98/267/CE de 30.03.1998
CE:
Decisión 98/268/CE de 30.03.1998
CE:
Decisión 99/850/CE de 06.12.1999
CE:
Decisión 99/851/CE de 06.12.1999
CE:
Decisión del Consejo de 30 de marzo de 1998 relativa a los principios,
prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la
adhesión de la República de Hungría
DO L 121
23.04.1998 p.1 398D0259
CE:
Decisión del Consejo de 30 de marzo de 1998 relativa a los principios,
prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la
adhesión de la República de Polonia
DO
L 121 23.04.1998 p.6 398D0260
CE: Decisión
del Consejo de 30 de marzo de 1998 relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de
Rumania
DO L 121 23.04.1998 p.11 398D0261
CE:
Decisión del Consejo de 30 de marzo de 1998 relativa a los principios,
prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la
adhesión de la República Eslovaca
DO
L 121 23.04.1998 p.16 398D0262
CE:
Decisión del Consejo de 30 de marzo de 1998 relativa a los principios,
prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la
adhesión de la República de Letonia
DO
L 121 23.04.1998 p.21 398D0263
CE:
Decisión del Consejo de 30 de marzo de 1998 relativa a los principios,
prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la
adhesión de la República de Estonia
DO
L 121 23.04.1998 p.26 398D0264
CE:
Decisión del Consejo de 30 de marzo de 1998 relativa a los principios,
prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la
adhesión de la República de Lituania
DO
L 121 23.04.1998 p.31 398D0265
CE: Decisión
del Consejo de 30 de marzo de 1998 relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de la
República de Bulgaria
DO L 121 23.04.1998
p.36 398D0266
CE:
Decisión del Consejo de 30 de marzo de 1998 relativa a los principios,
prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la
adhesión de la República Checa
DO
L 121 23.04.1998 p.41 398D0267
CE:
Decisión del Consejo de 30 de marzo de 1998 relativa a los principios,
prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la
adhesión de la República de Eslovenia
DO
L 121 23.04.1998 p.46 398D0268
CE: Decisión
del Consejo, de 20 de marzo de 2000, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones contenidos en la Asociación para la adhesión
con la República de Chipre
DO L 078 29.03.2000
p.10 300D0248
CE: Decisión
del Consejo, de 20 de marzo de 2000, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones contenidos en la Asociación para la adhesión
con la República de Malta
DO L 078 29.03.2000
p.17 300D0249
CE: Decisión
del Consejo, de 6 de diciembre de 1999, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de la
República de Hungría
DO
L 335 28.12.1999 p.1 399D0850
CE:
Decisión del Consejo, de 6 de diciembre de 1999, relativa a los principios,
prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la
adhesión de la República de Polonia DO L 335 28.12.1999 p.8
399D0851
CE: Decisión
del Consejo, de 6 de diciembre de 1999, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de
Rumania DO
L 335 28.12.1999 p.15 399D0852
CE: Decisión
del Consejo, de 6 de diciembre de 1999, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de la
República de Eslovaquia
DO L 335
28.12.1999 p.22 399D0853
CE: Decisión
del Consejo, de 6 de diciembre de 1999, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de la
República de Letonia
DO
L 335 28.12.1999 p.29 399D0854
CE: Decisión
del Consejo, de 6 de diciembre de 1999, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de la
República de Estonia
DO
L 335 28.12.1999 p.35 399D0855
CE: Decisión
del Consejo, de 6 de diciembre de 1999, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de la
República de Lituania
DO
L 335 28.12.1999 p.41 399D0856
CE: Decisión
del Consejo, de 6 de diciembre de 1999, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de la
República de Bulgaria
DO
L 335 28.12.1999 p.48 399D0857
CE: Decisión
del Consejo, de 6 de diciembre de 1999, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de la
República Checa
DO L 335 28.12.1999
p.55 399D0858
CE: Decisión
del Consejo, de 6 de diciembre de 1999, relativa a los principios, prioridades,
objetivos intermedios y condiciones de la asociación para la adhesión de la
República de Eslovenia
DO L 335
28.12.1999 p.61 399D0859
CE:
Decisión n° 1/96 del Consejo de Asociación entre las Comunidades Europeas y
sus Estados miembros, por una parte, y la República de Hungría, por otra de 16
de julio de 1996 que modifica, mediante la creación de un Comité consultivo
paritario, la Decisión nº 1/94 por la que se aprueba el Reglamento interno del
Consejo de Asociación
DO L 192 02.08.1996
p.17
296D0802(01)
CE: Decisión
n° 1/98 del Consejo de asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados
miembros, por una parte, y la República de Estonia, por otra de 23 de febrero
de 1998 por la que se adopta su reglamento interno
DO L 073
12.03.1998 p.17 298D0312(01)
CE: Decisión
n° 4/2000 del Consejo de asociación UE-República Checa, de 15 de diciembre de
2000, relativa a la transición a la segunda fase de la asociación entre las
Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República
Checa, por otra
DO L 048 17.02.2001 p.22 201D0217(01)
CE: Decisión n° 4/2000 del Consejo de asociación UE-República
Checa, de 15 de diciembre de 2000, relativa a la transición a la segunda fase
de la asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una
parte, y la República Checa, por otra
DO L 048 17.02.2001 p.22 201D0217(01)
CE: Decisión
n° 4/2000 del Consejo de asociación UE-República Eslovaca, de 27 de diciembre
de 2000, que modifica, mediante la creación de un Comité consultivo mixto, la
Decisión n° 1/95 por la que se establece el Reglamento interno del Consejo de
asociación
DO L 050 21.02.2001 p.7 201D0221(01)
CE:
Decisión n° 4/2000 del Consejo de asociación UE-República Eslovaca, de 27 de
diciembre de 2000, que modifica, mediante la creación de un Comité consultivo
mixto, la Decisión n° 1/95 por la que se establece el Reglamento interno del
Consejo de asociación
DO L 050 21.02.2001 p.7 201D0221(01)
CE:
Decisión nº 1/2000 del Consejo de asociación UE-Hungría, de 11 de abril de
2000, relativa a la transición a la segunda fase de la asociación entre las
Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de
Hungría, por otra
DO
L 114 13.05.2000 p.32 200D0513(01)
CE:
Decisión nº 1/2000 del Consejo de asociación UE-Hungría, de 11 de abril de
2000, relativa a la transición a la segunda fase de la asociación entre las
Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de
Hungría, por otra
DO L 114 13.05.2000 p.32 200D0513(01)
CE:
Diario Oficial L 121 de 23.04.1998
CE:
Diario Oficial L 335 de 28.12.1999
CE:
Diario Oficial L 335 de 28.12.1999
CE:
Dictamen de la Comisión COM (97) 2003 final
CE:
Dictamen de la Comisión COM(97) 2001 final
CE:
Dictamen de la Comisión COM(97) 2002 final
CE:
Dictamen de la Comisión COM(97) 2008 final.
CE:
Dictamen de la Comisión COM(97) 2009 final
CE:
Dictamen de la Comisión COM(97) 2010 final
CE: Enlargement
and civil society 1999 Conference proceeding. OPCE. Bruselas 1999
CE: European
Union Enlargement. A historical oportunity. OPCE. Luxemburgo 2001.
CE:
Informe de la Comisión COM (1999) 503 final
CE:
Informe de la Comisión COM (1999) 510 final
CE:
Informe de la Comisión COM (1999) 513 final
CE:
Informe de la Comisión COM (2000) 703 final
CE:
Informe de la Comisión COM (98) 702 final
CE:
Informe de la Comisión COM (98) 711 final
CE:
Informe de la Comisión COM(1999) 503 final
CE:
Informe de la Comisión COM(1999) 505 final
CE:
Informe de la Comisión COM(1999) 509 final
CE:
Informe de la Comisión COM(1999) 512 final
CE:
Informe de la Comisión COM(2000) 703 final
CE:
Informe de la Comisión COM(2000) 705 final
CE:
Informe de la Comisión COM(2000) 709 final
CE:
Informe de la Comisión COM(2000) 712 final
CE:
Informe de la Comisión COM(98) 700 final
CE:
Informe de la Comisión COM(98) 701 final
CE:
Informe de la Comisión COM(98) 707 final.
CE:
Informe de la Comisión COM(98) 708 final
CE:
Informe de la Comisión COM(98) 709 final
CE:
Informe de la Comisión COM(98) 711 final
CE:
Informe de la Comisión COM(98)709 final
CE:
Informe de la Comisión COM(99) 501 final.
CE:
Informe de la Comisión sobre Malta COM(1999) 69 final
CE:
Informes periódicos sobre los países candidatos Doc conjunto COM (1999) 500 final
CE:
Informes periódicos sobre los países candidatos Doc conjunto COM(98) 712 final
CE: Notas
explicativas relativas al protocolo nº 4 de los Acuerdos Europeos
DO
C 090 31.03.1999 p.6 399Y0331(01)
CE:
Protocolos adicionales
DO
L 366 31.12.1994 p.21 394D0937
CE:
Reglamento (CE) n° 335/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a
la exportación de determinados productos siderúrgicos CECA de Polonia a la
Comunidad para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
de 2001 (prórroga del sistema de doble control)
DO
L 049 20.02.2001 p.1 301R0335
Swoboda,
Johannes (Parlamento Europeo): Legislative resolution embodying Parliament's
opinion on the proposal for a Council regulation on assistance to Turkey in the
framework of the pre-accession strategy, and in particular on the establishment
of an Accession Partnership (COM(2000) 502 - C5-0468/2000 - 2000/0205(CNS))
SITTING OF 14 FEBRUARY 2001
CONSULTATION PROCEDURE EP OPINION EPdocA5-24/2001/17p.; PE300.
[1]
Países de Europa Central y Oriental
[2]
1993
[3]
Malta
y Chipre son dos elementos especiales al igual que Turquía, cuyos procesos
de negociación y condiciones específicas varían ostensiblemente respecto
a las exigencias del resto de candidatos.
[4]
Prueba
de ello es la reciente inserción de varios candidatos a la OTAN
[5]
La Comisión ha contabilizado,
hasta la fecha, más de 170 solicitudes de medidas transitorias por parte de
los países candidatos y más de 340 únicamente en el ámbito de la
agricultura. Dado que las negociaciones se fundan en la integración total
del acervo, las solicitudes de medidas transitorias constituyen, junto con
la aplicación efectiva de este acervo, uno de los puntos fundamentales de
las negociaciones.
[6]
Estabilidad macroeconómica y financiera de los países candidatos a
la adhesión. Declaración del Consejo.
[7] Todos los datos utilizados han sido obtenidos a través de Eurostat