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Autor(es): Javier Alonso; Miguel Angel Galindo; Simón Sosvilla
Título: Convergencia en prestaciones de protección social entre los países de la Unión Europea
Resumen:
Versión preliminar
Junio, 1996
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RESUMEN
En este trabajo se examina el grado de convergencia en las prestaciones de protección social per capita registrado en la Unión Europea durante el período 1966-92. Para ello, se empleamos datos de Eurostat, calculándose los dos indicadores más utilizados en la literatura sobre convergencia: convergencia s y convergencia b.
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1. Introducción
La coordinación de la política social ha sido un tema recurrente
en la agenda de la hoy Unión Europea (UE). En efecto, ya en el Tratado de Roma (1957), en
su artículo 117, establecía la necesidad de promover la mejora de las condiciones de
vida y de trabajo de los trabajadores para lograr su igualación por la vía del
progreso. Posteriormente, el Acta Única Europea (1986) manifestaba la voluntad de los
Estados miembros por armonizar las políticas sociales, recogiéndose posteriormente en La
Carta Social Europea (1989) los principios generales que deberían regular tales
políticas. Pero fue el Tratado de Unión Europea (1992) en su protocolo anexo (firmado
por todos los miembros con la excepción del Reino Unido) el que supuso un avance
importante al facilitar un marco legal para futuras intervenciones en política social.
Las razones por las que se ha incluido la política social dentro de
los acuerdos responde a cuestiones de muy diversa índole. Desde un punto de vista
general, los países europeos de la Unión han desarrollado una sociedad con unos valores
comunes y muy arraigados dentro de lo que llamamos el "Estado del Bienestar".
Estos valores podrían ser los de la democracia y los derechos
individuales, la economía de mercado y el Estado como su regulador, la igualdad de
oportunidades para todos, la asistencia social y la solidaridad [véase Comisión Europea
(1994, pág 9)]. Dentro de estos conceptos "universales", los países deberían
adquirir una armonización dentro de sus sistemas de protección social con el resto de
los países para asegurar que los valores que antes señalábamos se dieran por igual en
todos los países de la Unión. La extensión de la solidaridad intranacional al ámbito
Comunitario se presenta así como una necesidad de tipo moral común a todos los miembros
de la Unión.
Desde un punto de vista económico, la armonización o coordinación
de políticas sociales adopta distintas posturas dependiendo del punto de observación. La
menor dotación de gastos sociales financiados vía impuestos o cotizaciones sociales de
los países menos desarrollados podría provocar una competencia desleal o también
llamado "dumping social". La reducción de costes laborales, gracias a menores
cargas fiscales que financian una protección social menos desarrollada, son consideradas
como competencia desleal por los países del norte, ya que podría dar lugar a
deslocalizar inversiones, al ser la mano de obra más barata, además de competir en los
mercados con una ventaja comparativa vía precio. Sin embargo, la coordinación de
políticas sociales va encaminada a que los países con menores niveles de gasto social
puedan acceder a los mercados en unas mejores condiciones competitivas gracias a los
aumentos de productividad que generan los gastos sociales. En el fondo de este tema se
haya la discusión académica de si los gastos sociales deben considerarse como gastos de
consumo o por el contrario deberían ser considerados como gastos de inversión en capital
humano.
La razón más poderosa para la coordinación de políticas sociales es la libre circulación de trabajadores. Si la Unión permitía la libre circulación de mercancías, servicios y capitales, el factor trabajo debería ser también liberalizado dada su consideración como capital humano. Los procesos tecnológicos, cada vez más sofisticados y especializados, requerían que los portadores de conocimiento (las personas) pudieran circular libremente para desarrollar, allí donde se requiriera, las inversiones de capital físico o la prestación de servicios. Esta liberalización obligaba a coordinar numerosos aspectos vinculados a la protección social de los lugares de origen y de destino. Por tanto, es la propia dinámica del mercado como asignador de recursos, el principal motor de la coordinación.
En este trabajo se examina el grado de convergencia en gasto social
que se ha producido entre los países de la UE durante en período 1966-1992. Para ello,
hemos aplicado la metodología desarrollada en los trabajos de Barro y Sala-i-Martín
(1991 y 1992) a partir de datos sobre prestaciones de protección social (ESSPROS),
elaborados por Eurostat.
El resto del trabajo se estructura de la siguiente forma. En la
Sección 2 se presentan, de forma sucinta, los conceptos de convergencia utilizados. La
Sección 3 contiene los resultados empíricos obtenidos. Por último, la Sección 4 recoge
algunos comentarios finales y posibles extensiones.
2. Indicadores de convergencia
En la literatura existen dos indicadores de convergencia ampliamente
utilizados del crecimiento económico: convergencia b y convergencia s [véase, por
ejemplo, Barro y Sala-i-Martín (1992)]. El primero se verifica si, para un conjunto de
países, se encuentra que aquellos que comienzan el período muestral con rentas por
debajo de la media tienden a crecer de forma más rápida que aquellos con rentas por
encima de la media, mientras que el segundo se da cuando la dispersión entre la renta de
distintas economías tiende a reducirse a lo largo del tiempo.
En nuestro caso, utilizaremos estos indicadores para evaluar la
posible convergencia de las prestaciones de protección social per capita, por lo
que la convergencia b se verificará cuando se obtenga una relación negativa entre la
tasa de crecimiento promedio de dichas prestaciones y el logaritmo de su nivel inicial,
mientras que detectaremos convergencia s si la desviación típica del logaritmo del nivel
de prestaciones de protección social per capita decrece con el paso del tiempo.
De esta forma, si Git representa el nivel de prestaciones
de protección social per capita del país i en el año t, la convergencia b se
puede analizar mediante la estimación de la siguiente ecuación:
(1/T)log(GiT/Gi0) = a - b log(Gi0)/T
+ eit (1)
donde 0 y T representan el año inicial y final, respectivamente, y
eit es el término de perturbación aleatoria. El estimador del parámetro b
permite recuperar el ritmo de convergencia anual (b), ya que b=(1-e-bT).
3. Resultados empíricos
Como se indicó anteriormente, en este trabajo hemos utilizado datos
sobre prestaciones de protección social (ESSPROS), elaborados por Eurostat. Las
categorías consideradas en estas prestaciones son: enfermedad, invalidez y minusvalidez,
enfermedad y accidentes de trabajo, vejez, supervivencia, maternidad, familia, colocación
y movilidad, paro, vivienda y diversos. El período muestral abarca los años 1966-92 (los
últimos disponibles), y los países analizados son Alemania, Bélgica, Dinamarca,
España, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal y Reino Unido (es decir,
todos los países que en 1992 eran miembros de la UE, excepto Grecia, para el que no se
disponen de datos).
El Gráfico 1 muestra la desviación típica de sección cruzada del
logaritmo de las prestaciones de protección social per capita. Se observa que la
dispersión se redujo inicialmente desde 0,85 en 1968 hasta 0,54 en 1974, para luego
aumentar hasta 0,87 en 1978 y finalmente disminuir hasta 0,22 en 1992. El aumento entre
1974 y 1978 podría reflejar los efectos de la crisis energética que afectó de forma
desigual a las distintas economías consideradas. De hecho, del Gráfico 2 (que ofrece,
además del indicador anterior, la dispersión del PIB per capita durante el mismo
período), se desprende una relación estrecha entre convergencia (divergencia) s en
prestaciones de protección social y PIB, en especial desde 1974. Esta relación queda de
manifiesto al evaluar las correlaciones entre ambos indicadores, ya que para todo el
período considerado dicha correlación es del 0.80, siendo 0,49, 0,96 y 0,95 para los
subperíodos 1967-74, 1974-78 y 1978-92, respectivamente.
El Gráfico 3 muestra el patrón de convergencia de prestaciones de
protección social en términos per capita para el total del períodos considerado,
mientras que los Gráficos 4 a 6 ofrecen dicho patrón para los subperíodos 1966-74,
1975-78 y 1979-92. Como se observa, estos gráficos ilustran claramente los procesos de
convergencia y divergencia detectados mediante el indicador de convergencia s.
En lo concerniente a la convergencia b, en el Cuadro 1 presentamos
las estimaciones de la ecuación (1) para los períodos muestrales que acabamos de
mencionar. Las columnas 2 y 3 muestran los resultados de sección cruzada obtenidos a
partir de una estimación por mínimos cuadrados ordinarios (MCO), mientras que las
columnas 4 a 6 y 7 a 9 ofrecen, respectivamente, los resultados de la estimación de panel
de los modelos de efectos fijos y efectos variables.
Las estimaciones por MCO confirman las conclusiones derivadas del
análisis de la convergencia s, ya que se obtiene una convergencia en torno al 1% anual
para el período 1966-74, una divergencia del 5% anual durante los años 1974-78 y,
finalmente, una convergencia del 3% anual para el período 1978-92. Para toda la muestra
(1964-92), la velocidad de convergencia se sitúa alrededor del 2%, si bien la hipótesis
de que b se ha mantenido constante a lo largo del tiempo se rechaza mediante un contraste
de razón de verosimilitudes (RV=28,38, significativo al 1%).
Cuando llevamos a cabo estimaciones de panel (lo que es apropiado
dada la presencia de efectos fijos individuales distintos -tal como sugieren los valores
del contraste F presentados en la columna 6 del Cuadro 1, todos significativos a los
niveles habituales), los resultados apenas varían para los subperíodos 1966-74 y
1978-92, mientras que para los años 1974-78 se obtiene una mayor velocidad de
divergencia. Algo parecido ocurre cuando estimamos el modelo de efectos aleatorios (pero
esta vez se detecta una menor divergencia en el período de crisis), si bien los valores
del contraste de Hausman implican que existen correlaciones entre los efectos individuales
y los regresores, por lo que los resultados obtenidos no son consistentes.
4. Consideraciones finales
En este trabajo se ha examinado el grado de convergencia en las
prestaciones de protección social per capita registrado en la UE durante el
período 1966-92. Para ello, se han utilizado datos de Eurostat correspondientes a 11 de
los 12 países que en 1992 formaban la UE (no se disponen de los datos de Grecia),
calculándose los dos indicadores más utilizados convergencia: convergencia s y
convergencia b. Del análisis de ambos indicadores se concluye que durante el período
1966-74 se produjo una cierta convergencia en dichas prestaciones, mientras que para los
años 1974-78 se detecta una divergencia importante, si bien para el período 1978-86 se
vuelve a registrar convergencia, esta vez mucho más intensa que en período inicial.
Estos resultados sugieren que algunos estados han venido realizando
un mayor esfuerzo en lo que se refiere a los gastos de protección social para converger
su situación a la existente en aquellos otros en los que dichos gastos tenían un volumen
significativo. Existen tres posibilidades que explique esta evolución. En primer lugar,
el crecimiento de los países que menos gastan es superior al de los países que más
gastan por lo que el sector público dispone de más recursos para destinarlo a gastos
sociales. En segundo lugar, los países que menos gastan aumentan la presión fiscal con
el mismo nivel de crecimiento que el resto (por lo que se incrementa su capacidad para
llevar a cabo gastos sociales). Y, en tercer lugar, la tendencia del gasto de los
distintos países evoluciona en el mismo sentido pero en distinta intensidad, siendo
financiado dicho gasto a través del déficit público.
Desde la perspectiva de la política económica estas posibilidades
tienen una cierta relevancia. En primer lugar, la importancia que se le ha venido dando a
los sistemas de protección social procedente de la filosofía derivada del estado de
bienestar que condiciona determinadas actuaciones de los decisores políticos a los logros
de una cierta estabilidad social.
En este sentido hay que tener presente que la Unión Europea (UE)
supedita toda política social a la convergencia en este tipo de gastos dado que las
limitaciones del presupuesto comunitario no permitían aumentarlos y además tampoco puede
actuar sobre los presupuestos nacionales ya que se atentaría contra la soberanía de cada
nación. Es por ello que, en principio, la única posibilidad de que dichos gastos
convergan dentro de la UE sería mediante un mayor crecimiento económico de los países
con un menor nivel de desarrollo. La política que establece la UE en este ámbito es la
de articular un conjunto de fondos estructurales que en el caso de los gastos de
protección social quedan estrechamente vinculados al Fondo Social Europeo que está
dedicado específicamente a financiar proyectos de capital humano.
En segundo lugar, cabe suponer, tal y como hemos indicado, que
algunos países hayan tenido que aumentar su presión fiscal para poder llevar a cabo
dichos gastos. Este hecho ha generado una serie de efectos perniciosos en la economía que
han podido compensar los positivos que se derivaban de los mayores gastos sociales. En
este sentido, esa mayor presión fiscal provocaría el descontento de los individuos
propiciando en algunos casos bolsas de fraude. A su vez aquella acompañada de un gasto
que no potencia la generación de capital físico ha frenado el crecimiento económico, de
acuerdo con las posturas neoclásicas.
En tercer lugar, el mayor déficit que se contemplaba también como
factor que propiciaba esos mayores gastos, daría lugar a incrementos en los tipos de
interés perjudicando de esta manera a la inversión y generando tensiones en los tipos de
cambio (Sawyer, 1989).
Ante estas circunstancias y a la espera de un estudio posterior en
el que trataremos de determinar más concretamente las causas que han propiciado la
convergencia, cabe plantearse la política económica que se debería implantar. En este
sentido hay que tener en cuenta la limitación respecto al presupuesto público
establecida en el Tratado de Maastricht en la que se exige la contención de los déficit
públicos. Ante este panorama, los países obligados a frenar sus niveles de gasto y de
déficit, muchos de ellos acuciados no sólo por el nivel alcanzado en ambos sino también
por su menor crecimiento, tienen nulas posibilidades de llevar a cabo estos gastos. Es
más, la mayoría se han visto abocados a tener que reducirlos drásticamente (Kenen,
1995).
Es por ello que ante esta situación, no les quede más remedio que
depender de los fondos estructurales concedidos, por lo que, necesariamente, la política
que siga la UE tiene que ir encaminada a seguir otorgando dichos fondos.
Por último, resulta conveniente señalar algunas líneas futuras de
investigación. En primer lugar, sería deseable extender el estudio con el fin de tratar
de buscar una interpretación más estructural de este patrón obtenido, ampliando la
regresión de convergencia (1), de forma que captase el efecto de las variables
condicionantes más relevantes en la determinación de las prestaciones de protección
social (es decir, análisis de convergencia b condicional). En segundo lugar, convendría
realizar un ejercicio similar al aquí ofrecido para cada una de las componentes de dichas
prestaciones y para cada uno de los países objeto de estudio. Ambos temas están en
nuetra agenda inmediata de trabajo.
Referencias:
Barro, R.J. (1990), "Government spending in a simple model of
endogenous growth", Journal of Political Economy, Vol. 98.
Barro, R. J. y Sala-i-Martín, X. (1991): "Convergence across
states and regions", Brookings Papers in Economic Activity.
Barro, R. J. y Sala-i-Martín, X. (1992): "Convergence", Journal
of Political Economy.
Comisión Europea (1994): La política social europea. Un paso
adelante para la Union. Direccion General de Empleo, Relaciones laborales y Asuntos
Sociales. Luxemburgo.
Kenen, P.B. (1995): Economic and Monetary Union in Europe,
Cambridge University Press, Cambridge.
Romer, P. (1986): "Increasing returns and long-run
growth", Journal of Political Economy, 94.
Sawyer, J.A. (1989): Macroeconomic theory.- Keynesian and
Neowalrasian models, Harvester Wheatsheaf.
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Fecha de actualización: 10/08/98