Becas-colaboración de biblioteca 1998/99
Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid

Indice

| Información general | Impreso de solicitud | Instrucciones |
| Reglamento de Becas-colaboración de la UCM |

Información General

    En conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Becas-Colaboración de la  Universidad Complutense de Madrid,   aprobado en Junta de Gobierno el 13 de mayo de 1998, este Rectorado acuerda convocar Becas de Colaboración , con sujeción a las siguientes

BASES:

1. Objeto de convocatoria:

     Se convocan 110 Becas de Colaboración para realizar trabajos de apoyo en la Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid.

    En función delas disponibilidades presupuestarias y revia autorización del órgano convocante, si las necesidades del servicio así lo exigieran podrá incrementarse el número de becas convocadas hasta un 10%.

2. Duración de las Becas Colaboración y régimen de dedicación:

    Los beneficiarios de estas becas desarrollarán las tareas de apoyo que se detallan en el apartado 6 de esta convocatoria durante el periodo comprendido entre el día 11 de enero y el día 15 de julio del año 1999. Previo informe favorable del Tutor y del responsable del Servicio de la Biblioteca, podrá disponerse de la prórroga de las becas, mediante diligencia que se hará constar en el reverso de la credencial de becario.

    El régimen de dedicación será de 5 horas y 30 minutos diarias (mañana o tarde), de lunes a viernes.

3. Cuantía de las Becas Colaboración:

    La cuantía de las becas será de 70.000 pts. íntegras mensuales.

4. Requisitos de los candidatos:

    Para ser admitido en el proceso de selección de las becas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

4.1. Ser menor de 27 años (con excepción de lo dispuesto en la disposición transitoria del Reglamento), estar matriculado durante el periodo de disfrute de la Beca en la Universidad Complutense,  en cualquiera de sus Centros.

4.2. A los efectos indicados en el punto anterior, no se considerará la matriculación en Títulos Propios. Tampoco se tendrá en consideración la matrículación sólo en asignaturas optativas para aquellas personas que tengan aprobadas todas las asignaturas que constituyen el período de Licenciatura o de Diplomatura.

4.3. Tener, al menos, un curso académico aprobado en cualquier Centro de la UCM.

4.4. No haber disfrutado la Beca-Colaboración en la Universidad Complutense durante dos años (el cómputo de disfrute de la Beca se hace por convocatorias, con independencia de la fecha de nombramiento dentro de dicha convocatoria).

4.5. No disfrutar ninguna ayuda económica concedida por el Ministerio de Educación y Ciencia u otro organismo público o privado.

5. Solicitudes:

5.1. Quienes deseen aspirar a estas becas deberán presentar modelo de solicitud que se acompaña como ANEXO I y que les será facilitada en el Registro General de la UCM, Rectorado,Av. Séneca,nº 2, 28040-MADRID, en horario de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes, y de 9:00 a 13:00 horas los sábados.

En las solicitudes harán constar:

5.2. A la mencionada solicitud deberá adjuntarse justificación documental (original o fotocopia compulsada) de:

5.3. Las instancias se presentarán en el   Registro General de esta Universidad Complutense, en la dirección y en el horario señalado en el punto 5.1. anterior, durante el periodo comprendido entre el 15 de otubre y el 15 de noviembre de 1998, ambos inclusive.

6. Actividades a realizar y plan de formación teórico-práctico:

6.1.  Según el artículo 4.1 del citado Reglamento los beneficiarios realizarán todas aquellas tareas de apoyo en la Biblioteca que se les encomienden. Fundamentalmente atenderán el servicio público en las salas de lectura y de referencia o de libre acceso.

    Asimismo, y según el art. 5 los becarios dependerán, por lo que respecta a sus trabajos dentro de la Biblioteca, del Director de la misma y de los Directores de las Bibliotecas de Facultad a que estén adscritos

6.2.  A las personas que accedan por primera vez a la Beca-Colaboración se les impartirá un curso de formación con el objetivo de que inicien su actividad con los conocimientos básicos tanto del servicio y la función de la Biblioteca dentro de la Universidad como de la tarea que deben desempeñar, según la responsabilidad que se les asigna.

    La formación, durará un día y se distribuirá en 5 horas.

7. Admisión de aspirantes:

7.1. Una vez terminado el periodo de presentación de instancias, se publicará la relación de aspirantes excluidos, con indicación de la causa de exclusión, en el Rectorado y en las bibliotecas de los distintos centros. Los aspirantes excluidos, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de las publicación de la lista para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.

8. Comisión de Evaluación:

    La Comisión de Evaluación estará presidida por el Rector de la Universidad Complutense o persona en quien delegue y estará compuesta por el Gerente General o persona en quien delegue, un representante de los alumnos en la Junta de Gobierno y dos representantes del área para el que se convoquen las becas, uno de los cuales actuará de Secretario.

9. Valoración y Concesión de las becas:

9.1.  La Comisión de Evaluación resolverá esta convocatoria valorando el expediente académico, los conocimientos, la experiencia y los cursos específicos relacionados con las becas objeto de esta convocatoria, así como los demás méritos alegados y haber disfrutado de una Beca Colaboración durante un año. Si se considera necesario para la mejor valoración, la Comisión de Evaluación podrá realizar entrevistas personales a todos o algunos de los aspirantes a las becas.

9.2.  La resolución de la convocatoria, que será inapelable, será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado y en las Bibliotecas de los distintos Centros, comunicándose por escrito a los candidatos seleccionados la concesión de la Beca Colaboración. (Se podrá establecer una relación adicional ordenada con el fin de cubrir posibles sustituciones).

9.3.  Se extenderá credencial de becario indicando el periodo de disfrute de la Beca a favor de los candidatos seleccionados.

10. Renuncias:

    Las renuncias se harán por escrito alegando los motivos de la misma y se presentarán en la Dirección de la Biblioteca de la Universidad Complutense.

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Impreso de Solicitud

No olvide cumplimetar este impreso y adjuntar la documentación requerida. El impreso junto a las instrucciones requeridas y las bases está en formato PDF, para poder verlo e imprimirlo debe tener instalado un visualizador de PDF. (Si no lo tiene ya instalado puede obtenerlo gratuitamente en Adobe Acrobat)

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Instrucciones

A. Datos de la convocatoria

  1.    Denominación de la Beca-Colaboración.
  2.    Área/Servicio/Centro para el que se solicita la Beca-Colaboración

A. Datos del solicitante

  1. Centro (Facultad/Escuela/Instituto) de la UCM en que está matriculado en el presente Curso Académico.
  2. Curso (1º, 2º,3º,4º,5º, Doctorado y Curso de Adaptación -no confundir con el Curso de Adaptación Pedagógica considerado Título Propio) en que se ha matriculado durante el presente Curso Académico. En caso de asignaturas de varios cursos indicar siempre el curso superior.
  3. Marcar con una X el turno de trabajo que prefiere en caso de que le sea concedida la beca.
  4. No rellenar los espacios sombreados.

B. Méritos, experiencia...

  1. Todos los méritos que se señalen deberán ir avalados documentalmente (originales o fotocopias compulsadas).

C. Incompatibilidades

  1. Las Becas-Colaboración de Biblioteca de la UCM son incompatibles con cualquier tipo de ayuda económica concedida por el Ministerio de Educación y Ciencia u otro organismo público o privado (Orden Ministerial 15812 de 15 de junio de 1995, BOE 29 de junio de 1995).
  2. Haber disfrutado de beca-colaboración de biblioteca de la UCM durante dos con vocatorias.

D. Documentación requerida

Todos los solicitantes junto con el impreso de solicitud deberán aportar la siguiente documentación:
 

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Última actualización: 20 de octubre de 1998
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