Jueves, 28 de Marzo de 2024

Universidad Complutense de Madrid :: Programas de Formación e Investigación en Podología



EXPERTO UNIVERSITARIO EN SUPERVISOR DE PRODCUTOS SANITARIOS A MEDIDA

 

INFORMACION GENERAL TITULO PROPIO DE

SUPERVISOR DE PRODUCTOS DE ORTOPEDIA A MEDIDA (ON LINE)

NOTA:

Si no ha finalizado la carrera de Podología puede realizar la inscripción y realizar el curso si no le quedan pendientes más de 13 créditos.

LECTURA OBLIGATORIA: PRESENTACION DEL TITULO.

El contenido de este titulo, una vez presentado y aprobado por la Consejería de Sanidad de su Comunidad Autónoma, le capacita para obtener la LICENCIA DE RESPONSABLE TECNICO.

Actualmente, se exige que la persona que venda un producto sanitario directamente al consumidor o paciente (calzado ortopedico, plantillas, sillas de ruedas,...) tenga esta LICENCIA, independientemente si además es fabricante, adaptador, etc.

El mejor ejemplo que se puede poner, es compararlo con la LICENCIA de Director  de Intalaciones de Radiodiagnóstico, donde si no se tiene esta LICENCIA no se puede operar ni tener un equipo de Rayos X.

PUEDE QUE CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA TENGA UNA NORMATIVA ESPECIFICA, POR LO QUE SE ACONSEJA QUE CONSULTE EL LA CONSEJERIA DE SANIDAD O SALUD SI SE NECESITA UN RESPONSABLE TÉCNICO SEGÚN EL DECRETO  437/2002, de 10 de mayo.

NORMATIVA LEGAL NACIONAL

Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios.  Regula la comercialización y puesta en servicio de los productos sanitarios entre otros. Donde los accesorios recibirán un tratamiento idéntico al de los productos sanitarios. Exige un responsable técnico, titulado universitario, cuya titulación acredite una cualificación adecuada en función de los productos que tenga a su cargo, quien ejercerá la supervisión directa de tales actividades. También exige que las actividades de fabricación a medida de productos ortopédicos deberán realizarse bajo la supervisión de un técnico responsable titulado cuya titulación acredite una cualificación adecuada para estas funciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 apartado 3 del Real Decreto 437/2002, de 10 de mayo

El REAL DECRETO 437/2002, de 10 de mayo, por el que se establecen los criterios para la concesión de licencias de funcionamiento a los fabricantes de productos sanitarios a medida regula los criterios que los órganos competentes de las Comunidades Autónomas habrán de tener en cuenta para la concesión de licencias de funcionamiento a los fabricantes de productos sanitarios a medida establecidos en el territorio español, así como a aquellas entidades que agrupan diferentes componentes de fabricación seriada para un paciente determinado, siempre que, a efectos de que el conjunto alcance la finalidad prevista, el procedimiento requiera la fabricación a medida de alguno de los componentes.El articulo 3 establece los requisitos exigiendo un RESPONSABLE TÉCNICO, cuya titulación acredite una cualificación adecuada en función de los productos que tenga a su cargo, que ejercerá la supervisión directa de la actividad realizada por la empresa.  Por ello este Experto denominado SUPERVISOR DE PRODUCTOS DE ORTOPEDIA A MEDIDA reune los requisitos legales establecidos en la legislación vigente al objeto de obtener, como profesional sanitario, la cualificación de RESPONSABLE TÉCNICO.

 

NORMATIVA LEGAL EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON QUE EXIGE LA LICENCIA DE SUPERVISOR CONFORME A LA NORMATIVA LEGAL NACIONAL.

ORDEN de 9 de junio de 2008, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se regulan los requisitos técnicos sanitarios de los centros y servicios de podología en la Comunidad Autónoma de Aragón. Artículo 4.—Procedimiento de autorización:

2.—Las consultas y centros de podología que pretendan fabricar ortésis y prótesis del pie a medida, o cualquier otro producto sanitario, deberán incluir en la solicitud como consultas o centros la documentación prevista en la Orden de 2 de mayo de 2006, del Departamento de Salud y Consumo del Gobierno de Aragón, y el Real Decreto 437/2002, de 10 de mayo

3.—Las consultas o servicios de podología que solo realicen la mera adaptación de productos o encarguen la fabricación de productos a medida no requerirán de la autorización referida en el punto anterior. No obstante la fabricación a medida sólo se podrá encargar a entidades autorizadas

NORMATIVA LEGAL EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA LA MANCHA QUE EXIGE LA LICENCIA DE SUPERVISOR CONFORME A LA NORMATIVA LEGAL NACIONAL.

Orden de 26/10/2006, de la Consejería de Sanidad, sobre los requisitos de los centros y servicios de Podología.

Articulo 4. AUTORIZACIONES.

 Si se realiza fabricación a medida de plantillas y otros productos sanitarios limitados a corregir patologías del pie, se deberá de disponer de la correspondiente licencia de funcionamiento descrita en la Orden de 18 de mayo de 2004, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula la concesión de licencias de funcionamiento a los fabricantes de productos sanitarios a medida.

Orden de 18 de mayo de 2004, por la que se regula la concesión de licencias de funcionamiento a los fabricantes de productos sanitarios a medida.

Artículo 3. REQUISITOS GENERALES. A los fabricantes se les exigirá los siguientes requisitos: 4. Disponibilidad de un responsable técnico (Supervisor) cuya titulación acredite, de acuerdo con la legislación vigente, una cualificación adecuada en función de los productos que tenga a su cargo.

 

NORMATIVA LEGAL EN LA COMUNIDAD VALENCIANA QUE EXIGE LA LICENCIA DE SUPERVISOR CONFORME A LA NORMATIVA LEGAL NACIONAL.

DECRETO 250/2004 de 5 de noviembre del Consell de la Generalitat, de ordenación de las actividades de fabricación “A MEDIDA”, distribución y venta al público de productos sanitarios en la Comunidad Valenciana.

Articulo 4. Obligaciones del titular de la autorización. El titular del establecimiento de fabricación de productos sanitarios “A MEDIDA” a de cumplir con las siguientes obligaciones: Nombrar al Responsable Técnico (Supervisor) previsto en el articulo 3 del Real Decreto 437/2002 del 10 de mayo y a que se refiere el artículo 5 de este DECRETO.

Articulo 5. Requisitos de la Dirección Técnica. La dirección técnica y la supervisión directa de la actividad de fabricación de productos sanitarios “A MEDIDA” recaerán en un técnico debidamente cualificado.

Disposición Adicional Cuarta: Los PODOLÓGOS que realicen actividades de fabricación de productos sanitarios “A MEDIDA” deberán contar con autorización de acuerdo con lo previsto en el presente Decreto.

NORMATIVA LEGAL EN LA COMUNIDAD DE GALICIA QUE EXIGE LA LICENCIA DE SUPERVISOR CONFORME A LA NORMATIVA LEGAL NACIONAL.

CONSELLERÍA DE SANIDADE. DECRETO 294/2004, do 14 de outubro, polo que se regula o procedemento para a concesión de licenzas de funcionamento aos fabricantes de produtos sanitarios a medida.

Artigo 4º.-Requisitos.  Os solicitantes da licenza de funcionamento regulada neste decreto deberán cumprir os requisitos xerais recollidos no artigo 3 do Real decreto 437/2002, do 10 de maio, ou norma que os substitúa.

LAS RESTANTES COMUNIDADES AUTONÓMAS SE RIGEN POR LA NORMATIVA LEGAL NACIONAL.

 


 

INFORMACIÓN GENERAL:

¿Cómo realizar la preinscripción en el Título Propio?

Preinscripción a través de la Secretaría de alumnos:

1. El estudiante recoge el impreso de preinscripción en la Secretaría de alumnos. Escuela Universitaria de Enfermería Fisioterapia y Podología. 3ª planta Facultad de Medicina. Universidad Complutense de Madrid. Avenida Complutense s/n. 28040 Madrid. Metro Línea 6 Ciudad Universitaria. Tfno: 913941536.

2. El estudiante entrega el impreso de preinscripción debidamente cumplimentado en la Secretaría en el plazo de preinscripción acompañado de:

·         Fotocopia del DNI o pasaporte.

·         Si ha cursado sus estudios en España o en un país de la Unión Europea, fotocopia compulsada (en colegio profesional, ayuntamiento) del título académico requerido para el acceso a los estudios que solicita.

·         Si lleva el título original y la copia puede compulsarlo en la secretaria de alumnos.

·         Si no tiene el Título de Podólogo tiene que llevar copia de haber pagado las tasas de expedición del Título académico.

·         Si es alumno una declaración jurada de que está estudiando podología.

3. La Secretaría entregará al estudiante un resguardo de preinscripción y un recibo de pago.
4. El estudiante dispone de cinco días para efectuar el ingreso.

Preinscripción a través de INTERNET:

1. El estudiante solicita la preinscripción desde la información del Título Propio que se encuentra en la página web de la Universidad Complutense (https://www.ucm.es >Estudios> Títulos Propios>Relación de Títulos Propios>relación de títulos propios por centros> FACULTAD DE ENFERMERIA, FISIOTERAPIA Y PODOLOGIA). Para ello deberá seleccionar el curso que desee, mediante el enlace de Relación de Títulos Propios. Una vez seleccionado el centro, elige el curso y una vez realizado ésto, le aparecerá un botón Preinscripción al final de la página mediante el cual podrá realizar la preinscripción en el título deseado.

Enlaces Directos: (PULSE CONTROL colocando el cursor en el enlace)

Tiene que entrar en: http://www.ucm.es/titulos-propios-de-la-ucm_1

EXPERTO - Supervisor de Productos de Ortopedia a Medida (On Line)  

2. Una vez cumplimentados todos los datos solicitados se deberá formalizar el pago de la siguiente manera:

a) si la solicitud de preinscripción se está realizando desde el extranjero, deberá elegir la modalidad de pago con tarjeta, debiendo cumplimentar los datos que se le soliciten siguiendo las instrucciones que se le faciliten. En este caso el estudiante comprometerá el pago por un terminal de pago virtual.


b) si la solicitud de preinscripción se realiza en España, se podrá elegir entre la modalidad de pago con tarjeta, del mismo modo que en el caso anterior, o la modalidad de pago con recibo. En este caso, el estudiante imprimirá el recibo del abono de preinscripción, debiendo presentarlo para su abono en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras BSCH o Caja Madrid, en el plazo de cinco días.

3. Finalizada la formalización de la preinscripción, el estudiante imprimirá el resguardo de preinscripción que deberá entregar o enviar por correo a la Secretaría de estudiantes Y CUYA DIRECCCIÓN POSTAL ES:

SECRETARIA DE ALUMNOS. Escuela Universitaria de Enfermería, Fisioterapia y Podología.  3ª planta de la Facultad de Medicina, Pabellón 2. Universidad Complutense de Madrid. Avenida Complutense s/n  28040 Ciudad Universitaria MADRID

 Debe de mandar la documentación siguiente:

  • Fotocopia del DNI o pasaporte.
  • Si ha cursado sus estudios en España o en un país de la Unión Europea, fotocopia compulsada (en colegio profesional, ayuntamiento) del título académico requerido para el acceso a los estudios que solicita.
    • Si lleva a correos el título original y la fotocopia le sellarán la copia para que la envié en el sobre y se quede con el original.
  • Si no tiene el Título de Podólogo tiene que enviar copia de haber pagado las tasas de expedición del Titulo académico.
  • Si es alumno una declaración jurada de que está estudiando podología.

La documentación deberá recibirse en la Secretaría de estudiante en un plazo máximo de 30 días naturales a contar desde la formalización de la solicitud de preinscripción. De no ser así, no se iniciarán los trámites para su admisión en el título propio.

PLAZOS PARA REALIZAR LA PRESCRIPCIÓN:

FINALIZA EL 20 DE OCTUBRE

PAGO:

Todos los estudiantes deberán pagar la cantidad de 40,00€ en concepto de Preinscripción.

MATRICULA:

Una vez realizado el pago de la preinscripción recibirá las normas para realizar la matricula.

PROGRAMA DEL TITULO DE EXPERTO

El programa cumple con los requisitos exigidos en todas las Comunidades Autónomas conforme a la legislación vigente con 250 horas. Las clases comienzan en noviembre y finalizan en junio.

ANTE CUALQUIER DUDA:

Envíe un correo electrónico al Director del Titulo Prof. Dr. Ricardo Becerro de Bengoa Vallejo a ribebeva@enf.ucm.es  indicando su nombre y apellidos, teléfono de contacto y nombre del título

 

 FECHAS DEL TITULO PROPIO.

Al ser On Line, el alumno debe de seguir las instrucciones del profesorado.

PROGRAMA (Conforme al Real Decreto 437/2002, de 10 de mayo)

1.- Biomecánica del cuerpo humano objeto de sustitución o modificación con productos de ortopedia

2.- Fisiología de los aparatos y sistemas  del cuerpo humano objeto de sustitución o modificación con productos de ortopedia

3.- Anatomía del cuerpo humano objeto de sustitución o modificación con productos de ortopedia

4.- Patología del aparato locomotor objeto de sustitución o modificación con productos de ortopedia

5.- Productos de ortopedia y sus aplicaciones

6.- Patología de otros sistemas y aparatos del cuerpo humano objeto de sustitución o modificación con productos de ortopedia

7.- Sistemas de archivo documental8.- Materiales utilizados en Ortopedia

9.- Diseño, fabricación y ensayos de control de productos de ortopedia

10.- Legislación que afecta al sector

11.- Organización y gestión de sistemas de garantía de calidad

12.- Patología neuromuscular

13.- Toma de medidas, adaptación de los productos y atención al paciente.

14.- Elaboración de un archivo documental de fabricante

Otros programas de formacion:

http://www.ucm.es/centros/webs/podologia



Programas de Formación e Investigación en Podología
Universidad Complutense de Madrid

Tel. 670678145
ribebeva@enf.ucm.es