Homologación y equivalencia de títulos extranjeros y reconocimiento de títulos de la Unión Europea - Prueba de Conjunto

Descripción:Hay tres procesos diferentes: 
Procedimiento:Contactos: 

Homologación de títulos extranjeros a títulos oficiales españoles de Grado o de Máster que den acceso a una profesión regulada en España:

La resolución de la homologación se formalizará mediante credencial y podrá quedar condicionada a la previa superación de requisitos formativos complementarios que podrán consistir en: 

  • La realización de un período de prácticas académicas.
  • La superación de una prueba de aptitud.
  • La realización de un proyecto o trabajo académico o técnico.
  • La superación de determinados cursos académicos que permitan subsanar las carencias detectadas.

La superación de estos requisitos se realizará a través de una o varias universidades españolas de libre elección por el solicitante. 

Cuando el interesado no supere los requisitos formativos en el plazo de cuatro años, la homologación perderá su eficacia. A partir de este momento, el interesado puede solicitar la convalidación parcial de estudios.

 

La equivalencia a nivel académico otorga al título extranjero los efectos correspondientes a nivel académico respecto del cual se haya declarado la equivalencia.

La resolución se formalizará mediante la expedición de un certificado de equivalencia.

Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre

Web:https://www.universidades.gob.es/gestion-de-titulos-universitarios/
Observaciones:Los estudiantes que necesiten superar requisitos formativos complementarios, deberán dirigirse a la Secretaría de Alumnos del centro correspondiente y a la Oficina de Estudiantes Visitantes para informarse del procedimiento de matrícula.

Entidad Gestora: