Autorización Estancia por Estudios. Estudiantes no comunitarios
Descripción: | Aquellos alumnos que deseen estudiar en nuestro país por un periodo superior a noventa días con el fin único o principal de llevar a cabo, entre otras, la realizacion o ampliacion de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa de enseñanza presencial a tiempo completo (mínimo 20 horas semanales), que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios, deben solicitar una Autorizacion de Estancia por Estudios (visado de estudiante) (arts. 37-39 del RD 557/2011, de 20 de abril))
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Procedimiento: | Las solicitudes se pueden presentar:
Si la tramitación se lleva a cabo en territorio nacional español la solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de un mes a la fecha de expiración de su situación regular en España, por uno de los procedimientos indicados (si solicitas la autorización en Madrid):
1. Por internet (el estudiante o cualquier persona autorizada por éste a actuar en su nombre siempre que cuenten con certificado digital o D.N.I. electrónico): a través de la plataforma Mercurio. 2. Presencialmente, en una de las Oficinas de Extranjería de Madrid, solicitando cita previa a través de la página web: https://mpt.gob.es/delegaciones_gobierno/delegaciones/madrid/servicios/extranjeria.html. Documentación necesaria:
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Web: | https://www.ucm.es/informacion/no-comunitarios |
Observaciones: | Para poder acceder a esta Autorización debes:
PORTAL DE INMIGRACIÓN Podrás hacer tu consulta a través del siguiente enlace: https://ssweb.seap.minhap.es/ayuda/consulta/ExtranjeriaCG El cotenido de esta información tiene carácter orientativo. Únicamente será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de la presentación de la solicitud. |