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Estatutos del Grupo Español de Usuarios de Innovative


I. Objetivos

1. Actuar como foro de influencia ante la empresa Innovative Interfaces Inc. (III) para la mejora y desarrollo del sistema Innovative Millenium (IM) en beneficio de los miembros del GEUIN.

2. Mejorar la comunicación, cooperación y el intercambio de experiencias entre los miembros del Grupo y entre éstos y III.

3. Coordinar y distribuir la información y los recursos que aporten los miembros del Grupo sobre el uso de los productos de III.

4. Promover y mantener la comunicación entre GEUIN y otros grupos de usuarios de IM.

5. Crear y mantener una página web y administrar una lista de distribución.

6. Ofrecer una plataforma para desarrollar proyectos de cooperación entre los miembros del Grupo u organizaciones similares de ámbito estatal o privado.


II. Miembros

1. Son miembros de pleno derecho del GEUIN todas aquellas instituciones que utilicen el sistema IM.

2. Las instituciones que compartan un único sistema serán consideradas como un solo miembro a efectos de derecho a voto.

3. Serán miembros asociados, sin derecho a voto, todos aquellos otros que, solicitando ser considerados como tal en GEUIN, no reúnan la condición primera de este apartado.


III. Organización


3.1- Asamblea General Ordinaria y Extraordinarias

a) La Asamblea General Ordinaria se celebrará una vez al año.

b) Las votaciones requerirán que estén presentes la mitad más uno de los miembros.

c) Se podrá ejercer el derecho a voto personalmente, por correo o por delegación.

d) Se podrá celebrar Asamblea General Extraordinaria a petición de al menos la mitad más uno de los miembros.

e) Se celebrarán reuniones específicas a petición de al menos un tercio de los miembros de pleno derecho.


3.2. Dirección y Secretaría

a) El Comité Directivo se compone de: Presidente, Vicepresidente y Secretario.

b) Sólo los miembros de pleno derecho podrán ocupar los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario.

c) Los cargos de Presidente y Vicepresidente tendrán una duración máxima de permanencia de dos años, empezando y terminando en la Asamblea General Ordinaria, en años alternativos. El Vicepresidente será designado por la Asamblea entre uno de sus miembros. No podrán optar a la Vicepresidencia las instituciones que hayan presidido GEUIN en los últimos 10 años. En caso de no haber candidatos, se elegirá al Vicepresidente por orden de antigüedad.

d) El Vicepresidente pasará a ocupar el cargo de Presidente.

e) El cargo de Secretario será propuesto por el Presidente a la Asamblea General.

f) La Asamblea General podrá proponer la creación de otros cargos.


3.3. Grupos de Trabajo

1. La Dirección de GEUIN, a instancias de sus miembros, propondrá la formación de grupos especializados en áreas de interés.

2. Los Grupos de Trabajo deberán informar de sus resultados en la Asamblea General Ordinaria.


IV. Reforma de los Estatutos


1. La reforma total o parcial de los Estatutos de GEUIN sólo podrá realizarla la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, convocada a tal fin, en votación favorable de la mitad más uno de los miembros de pleno derecho.

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