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Boletín UE 3-1998
Política económica y monetaria (4/10)

1.2.4. Recomendación de la Comisión para una recomendación del Consejo de acuerdo con el apartado 2 del artículo 109 J del Tratado CE.

Aprobación por la Comisión, el 25 de marzo. Sobre la base de su propio informe así como del informe del IME sobre el estado de la convergencia en 1998 (-> puntos 1.2.1 y 1.2.2), la Comisión recomienda al Consejo que recomiende al Consejo reunido a nivel de Jefes de Estado o de Gobierno confirmar que Bélgica, Alemania, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, los Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia cumplen las condiciones necesarias para la adopción de una única moneda el 1 de enero de 1999.


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