[ Bienvenidos | Boletines (1998) | Indice acumulado Boletines | Informe General | Indice Informe General | Salida ]
[ Sumario | Página anterior | Página siguiente | Indice ]

Boletín UE 9-1998
Política exterior y de seguridad común (19/23)

1.3.19. La siguiente declaración de la Unión Europea y de la república de estonia, país asociado, sobre la posición común relativa a la prohibición de los vuelos efectuados por compañías de transporte yugoslavas entre la RFY y la Comunidad Europea, se hizo pública en Viena y en Bruselas el 24 de septiembre.

Referencia: Posición común 98/426/PESC, DO L 190 de 4.7.1998 y Bol. 6-1998, punto 1.4.90

"El país asociado, la República de Estonia, declara que comparte los objetivos de la posición común definida en el Consejo de la Unión Europea del 29 de junio de 1998 con arreglo al artículo J.2 del Tratado de la Unión Europea, relativa a una revisión de los vuelos de las compañías aéreas yugoslavas entre la República Federativa de Yugoslavia y la Comunidad Europea. Velará por que sus políticas nacionales se ajusten a la mencionada posición común.

La Unión Europea toma nota de este compromiso por parte del país asociado, la República de Estonia, y se congratula por ello."


[ Bienvenidos | Boletines (1998) | Indice acumulado Boletines | Informe General | Indice Informe General | Salida ]
[ Sumario | Página anterior | Página siguiente | Indice ]