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Informe General 1998 - Capítulo II: Ciudadanía de la Unión
Sección 2: Derecho de sufragio activo y pasivo (2/2)

20.  La transposición de la Directiva 94/80/CE, por la que se fijan las modalidades de ejercicio del derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales por parte de los ciudadanos de la Unión residentes en un Estado miembro del que no sean nacionales, ( 1 ) se ha realizado en todos los Estados miembros, excepto Bélgica. El Tribunal de Justicia, en una sentencia dictada el 9 de julio, condenó a este Estado miembro por incumplimiento de las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 14 de esta Directiva. ( 2 )


( 1 ) DO L 368 de 31.12.1994 e Informe General de 1994, n° 4.
( 2 ) Asunto C-323/97, Rec. 1998.

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