[ Bienvenidos | Boletines (1998) | Indice acumulado Boletines | Salida ]
[ Sumario | Página anterior | Página siguiente | Indice ]

Informe General 1998 - Capítulo IV: Espacio económico y social comunitario
Sección 3: Empleo y política social (34/43)

138.  Tras la primera fase de consulta de los interlocutores sociales prevista en el Libro Blanco sobre los sectores y las actividades excluidos del ámbito de aplicación de la Directiva relativa a la ordenación del tiempo de trabajo, ( 1 ) que, por otra parte, fue objeto de un Dictamen del Comité Económico y Social ( 2 ) el 26 de marzo y de una Resolución del Parlamento Europeo ( 3 ) el 2 de julio, el 31 de marzo la Comisión decidió lanzar la segunda fase de consulta. ( 4 ) Se iniciaron negociaciones en la mayor parte de sectores pertinentes; los interlocutores sociales llegaron a un acuerdo en el sector ferroviario en junio y en el sector marítimo en septiembre, pero, en cambio, no pudieron ponerse de acuerdo en el sector del transporte por carretera. El 18 de noviembre, la Comisión adoptó una Comunicación, ( 5 ) cuatro propuestas de directiva ( cuadro II) y una Recomendación ( 6 ) sobre el tiempo de trabajo de todos los trabajadores de los sectores excluidos.


( 1 ) COM(97) 334 e Informe General de 1997, n° 159.
( 2 ) DO C 157 de 25.5.1998 y Bol. 3-1998, punto 1.2.19.
( 3 ) DO C 292 de 21.9.1998 y Bol. 7/8-1998, punto 1.3.17.
( 4 ) Bol. 3-1998, punto 1.2.18.
( 5 ) COM(1998) 662 y Bol. 11-1998, punto 1.2.19.
( 6 ) Bol. 11-1998, punto 1.2.19.

[ Bienvenidos | Boletines (1998) | Indice acumulado Boletines | Salida ]
[ Sumario | Página anterior | Página siguiente | Indice ]