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Informe General 1998 - Capítulo IV: Espacio económico y social comunitario
Sección 5: Política de competencia1 (10/32)

208.  El 16 de septiembre, la Comisión condenó varios acuerdos en el marco de la Conferencia Transatlántica (TACA). Constató que varios de estos acuerdos, esencialmente de fijación de precios, constituían restricciones de la competencia contrarias al artículo 85 del Tratado y que no podían acogerse ni a las exenciones de grupo en favor de las conferencias marítimas ni a una exención individual de conformidad con el apartado 3 del artículo 85. Por otra parte, la Comisión decidió imponer una multa de 273 millones de ecus a las partes del Acuerdo TACA por abuso de posición dominante. ( 1 )


( 1 ) Bol. 9-1998, punto 1.2.38.

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