228. Atendiendo una demanda del Consejo Europeo de Amsterdam, ( 1 ) la Comisión adoptó el 17 de junio un informe sobre los servicios de interés económico general en el sector bancario, ( 2 ) en el que se basará en el futuro para la aplicación individual en este sector del apartado 2 del artículo 90 del Tratado CE.