382. El 17 de julio el Consejo adoptó el Reglamento (CE) n° 1587/98, por elque se establece un régimen de compensación de los costes adicionales queorigina la comercialización de determinados productos pesqueros de las Azores,de Madeira, de las Islas Canarias y de los departamentos franceses de Guyana yde Reunión debido al carácter ultraperiférico de estas regiones ( n° 596).