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Informe General 1998 - Capítulo IV: Espacio económico y social comunitario
Sección 15: Política de transportes (9/30)

436.  En el ámbito del transporte de mercancías peligrosas, el Consejo adoptó, el 17 de julio, la Directiva 98/55/CE, por la que se amplía al transporte de residuos radiactivos el ámbito de aplicación de la Directiva 93/75/CE sobre las condiciones mínimas exigidas a los buques que transporten mercancías peligrosas o contaminantes ( cuadro II) y, el 30 de noviembre, una posición común sobre una propuesta de directiva cuyo objetivo es mejorar la seguridad de los equipos a presión transportables ( cuadro II). Por su parte, el 19 de marzo, la Comisión propuso la armonización de los requisitos del examen de aptitud de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable ( cuadro II). Además, el 15 de enero, solicitó la autorización del Consejo para iniciar negociaciones con vistas a la celebración de un Acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas en la navegación interior ( cuadro III).


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