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Informe General 1998 - Capítulo IV: Espacio económico y social comunitario
Sección 16: Sociedad de la información, telecomunicaciones (14/24)

471.  En el ámbito de las comunicaciones móviles, la Comisión adoptó, el 11 de febrero, una propuesta de decisión relativa a la introducción coordinada de un sistema de telecomunicaciones móviles e inalámbricas (UMTS) en la Comunidad, con el fin de facilitar la introducción rápida y coordinada de redes y servicios UMTS (telefonía móvil, servicio de mensajería, acceso inalámbrico a Internet, aplicaciones multimedios) compatibles en la Comunidad ( cuadro I). La Decisión fue adoptada el 14 de diciembre por el Parlamento Europeo y el Consejo. Asimismo, la Comisión presentó, el 12 de octubre, una Comunicación acerca de la aplicación y el funcionamiento de las directivas sobre las frecuencias de las comunicaciones móviles. ( 1 ) El 29 de enero, el Parlamento Europeo había subrayado la necesidad de adoptar un enfoque europeo en el desarrollo de las comunicaciones móviles. ( 2 )


( 1 ) COM(1998) 559 y Bol. 10-1998, punto 1.2.114.
( 2 ) DO C 56 de 23.2.1998 y Bol. 1/2-1998, punto 1.3.208.

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