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Informe General 1998 - Capítulo VI: Cooperación en los ámbitos de la justicia y de los asuntos de interior
Sección 3: Cooperación policial y aduanera (2/4)

968.  En el marco de la aplicación del programa de acción sobre la lucha contra la delincuencia organizada, aprobado por el Consejo Europeo de Amsterdam, ( 1 ) el Consejo adoptó, el 19 de marzo, la Acción común 98/245/JAI, ( 2 ) por la que se establece un programa de intercambios, formación y cooperación destinado a las personas responsables de la lucha contra la delincuencia organizada (programa Falcone). En el marco de este programa, que recibió el 17 de febrero el apoyo del Parlamento Europeo, ( 3 ) una treintena de proyectos de cooperación europea recibieron ayuda en 1998. Por otra parte, el Consejo adoptó el 21 de diciembre una Resolución destinada a desarrollar una estrategia europea para la prevención de la delincuencia organizada. ( 4 ) Esta cuestión también había sido objeto el 17 de noviembre de una Resolución del Parlamento Europeo. ( 5 )


( 1 ) DO C 251 de 15.8.1997 e Informe General de 1997, n° 1031.
( 2 ) DO L 99 de 31.3.1998 y Bol. 3-1998, punto 1.4.3.
( 3 ) DO C 80 de 16.3.1998 y Bol. 1/2-1998, punto 1.5.4.
( 4 ) DO C 408 de 29.12.1998 y Bol. 12-1998.
( 5 ) DO C 379 de 7.12.1998 y Bol. 11-1998, punto 1.4.6.

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