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Informe General 1998 - Capítulo VI: Cooperación en los ámbitos de la justicia y de los asuntos de interior
Sección 3: Cooperación policial y aduanera (4/4)

970.  El 15 de mayo, el Parlamento Europeo manifestó su acuerdo, si bien introdujo enmiendas relativas en particular a la protección de los datos personales, sobre un proyecto de acción común relativa a las disposiciones tendentes a permitir un mejor intercambio de informaciones entre los servicios de represión de los Estados miembros y los organismos emisores de tarjetas de pago, sobre la delincuencia vinculada a la utilización de estas tarjetas. ( 1 ) También se pronunció, el 15 de enero, sobre los atentados terroristas en el País Vasco, ( 2 ) el 12 de mayo sobre la Comunicación de la Comisión ( 3 ) relativa a las nuevas drogas sintéticas, ( 4 ) y, el 16 de septiembre, sobre el informe de la Unidad de Drogas de Europol. ( 5 )


( 1 ) DO C 167 de 1.6.1998 y Bol. 5-1998, punto 1.4.11.
( 2 ) DO C 34 de 2.2.1998 y Bol. 1/2-1998, punto 1.5.5.
( 3 ) COM(97) 249 e Informe General de 1997, n° 1045.
( 4 ) DO C 167 de 1.6.1998 y Bol. 5-1998, punto 1.4.8.
( 5 ) DO C 313 de 12.10.1998 y Bol. 9-1998, punto 1.4.3.

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