El pasado 5 de febrero, en el salón de grados de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, se celebró un acto sobre el crédito al consumo. Fue presidido y moderado por la Decana de la Facultad con la intervención de tres ponentes: Don Carlos Arnaiz Ronda, Don Francisco García Dienvick y Don Raúl de la Cruz Linacero.
Don Carlos Arnaiz Ronda (Subdirector General de Coordinación, Calidad del Consumo y Cooperación internacional), explicó en primer lugar en qué consiste un contrato de crédito al consumo, dando información clave para entender la jerga financiera. El consumidor no es un ente desprovisto de capacidad de criterio y su papel es activo, conociendo y tomando decisiones con lo que adquiere.
Las políticas y acciones, antes protectoras, ahora van dirigidas al poder de elección del consumidor y la obligación por parte del que pone los productos en el mercado de dar la suficiente información. A partir de los 60 se generaliza una nueva forma de conseguir los bienes y servicios de consumo: "a plazos". Existe en el mercado una oferta muy amplia de este producto de crédito: entidades financieras, empresas de crédito especializado, empresas de tarjetas de crédito, particulares y entidades comerciales.
"En este universo complejo del crédito, puede resultar difícil comparar ofertas y entender qué es lo que se compra. La Directiva europea relativa a los contratos de crédito al consumo, establece los derechos de los consumidores para facilitarle la toma de decisiones informadas respecto a los créditos"
La directiva europea de Créditos al consumo fue aprobada en 2008 con la finalidad de asegurar un nivel elevado de protección a los consumidores de créditos. En la segunda ponencia, Don Francisco García Dienvick (D. G. Salud y Consumidores. Comisión Europea) nos explicó el objetivo de la Campaña de Información de la Comisión Europea sobre créditos al consumo. Con el lema ¿Necesitas un crédito? No te limites a firmar. Tienes tus derechos, la finalidad de la Campaña informativa es aumentar la conciencia de los consumidores acerca de sus derechos al contratar créditos.
Los 5 derechos más importantes garantizados por la Directiva europea son:
• Derecho a una publicidad transparente, con información veraz, fácil de comprender y que permita comparar ofertas (tipos de interés y coste del crédito)
• Derecho a recibir información precontractual, estableciendo un formato claro y normalizado (SECCI)
• Derecho a recibir información clara en el contrato, con una redacción clara y precisa
• Derecho a cambiar de opinión, disponiendo de un plazo de 14 días para desistir de él
• Derecho al reembolso anticipado. Todo crédito se puede reembolsar de forma anticipada, aunque puede que se deba compensar al proveedor de créditos por su falta de ingresos.
La tercera ponencia estuvo a cargo de Don Raúl de la Cruz Linacero, quien tras una breve y divertida introducción sobre la evolución de las tecnologías y de los sistemas de pago, nos presentó la Herramienta KEEPUNTO.
Creada con la filosofía de "se aprende haciendo", KEEPUNTO es una herramienta de simulación, donde se puede pasar por todo el proceso de solicitar un crédito, depósito, etc. Y donde se puede ver cómo funciona y experimentar con la banca virtual. Dirigida a los adolescentes y con una mentalidad de "otro mundo es posible", en un año, tiene más de 90.000 usuarios, 70.000 cuentas corrientes y 70 MM de KEES entregados.
¿KEES? Este Prebanco ha creado la moneda K, la moneda de los jóvenes. KEEPUNTO ha creado el primer "PREBANCO" del mundo, donde utilizando herramientas de gamificación (juego, entretenimiento, sociabilidad) introduce a los jóvenes en el mundo financiero, de una forma interactiva y práctica.