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Reglamento(UE) no 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera

11 de Mayo de 2010 a las 14:52 h

Fuente: nytimes.

Reglamento(UE) no 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera

Antecedentes:  Mecanismo europeo de estabilización  para garantizar la estabilidad financiera
En la Sesión extraordinaria del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea (ECOFIN), reunido en Bruselas los días 9 y 10 de mayo de 2010, el Consejo y los Estados miembros adoptaro un conjunto de medidas para mantener la estabilidad financiera de Europa, que incluye un mecanismo de estabilización financiera de hasta 500.000 millones de euro

A partir de  situación económica de Grecia, el estado de los mercados financieros es frágil y se reconoce el  riesgo de contagio. Se han adoptado como  medidas finales:

La aprobación del paquete de apoyo a Grecia, el establecimiento de un mecanismo europeo de estabilización y un compromiso firme de acelerar el saneamiento fiscal.

La Comisión ha firmado en nombre de los Estados miembros de la zona del euro, el acuerdo de préstamo a  Grecia y se procederá al primer desembolso antes del 19 de mayo,tal y como estaba previsto. El Consejo respalda firmemente el programa de saneamiento y reformas del Gobierno griego.

El Consejo se ha comprometido firmemente a velar por la sostenibilidad fiscal y el aumento del crecimiento económico de todos los Estados miembros, por lo que acuerda que se acelerarán los planes para el saneamiento fiscal y las reformas estructurales, cuando proceda. Por tanto se reconoce con satisfacción  el compromiso de Portugal y España de adoptar medidas adicionales importantes de saneamiento en 2010 y en 2011 y presentarlas a la próxima reunión del Consejo ECOFIN del 18 de mayo.

Finamente se crea el mecanismo europeo de estabilización, basado en el artículo 122.2 del Tratado, que reconoce la posibilidad de prestar apoyo financiero a los Estados  miembros que atraviesen dificultades por circunstancias excepcionales, con  el acuerdo intergubernamental de los Estados de la UE. Este mecanismo de estabilización queda supetitado a condiciones estrictas, en el marco del acuerdo UE / FMI.

Acceso al texto completo de acuerdo:

Sesión extraordinaria del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, Bruselas, 9 y 10 de mayo de 2010 (versión provisional)

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