En su reunión del pasado 26 de julio en Bruselas, el Consejo de la Unión aprobó la organización y funcionamiento del Servicio Europeo de Acción Exterior(SEAE).
El día 3 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea, L 201, pp.30-40 esta Decisión del Consejo, adquiríendo rango normativo.
La creación del SEAE constituye una de las principales novedades introducidas por el Tratado de Lisboa, que entró en vigor el 1 de septimre de 2009. El SEAE asistirá al Alto Representante, que es también Vicepresidente de la Comisión y Presidente del Consejo de Asuntos Generales, en el ejercicio de su mandato de dirigir la Política Exterior y de Seguridad Común («PESC») de la Unión y de asegurar la coherencia de la acción exterior de la Unión.
En la presente Decisión (2010/427/EU se desarrollan las funciones del SEAE, su personal, prepuesto, relaciones además con el Parlamento Europeo y prestará su apoyo y colaborará con los servicios diplomáticos de los Estados miembros, así como con la Secretaría General del Consejo y con los servicios de la Comisión, a fin de garantizar la coherencia entre los distintos ámbitos de la acción exterior de la Unión, así como entre estos y las demás políticas de la Unión.