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Servicio Europeo de Acción Exterior: Organización y funcionamiento

3 de Septiembre de 2010 a las 13:45 h

Ir al sitio oficial del Servicio Europeo de Acción Exterior

En su reunión del pasado 26 de julio en Bruselas, el Consejo de la Unión aprobó la organización y funcionamiento del Servicio Europeo de Acción Exterior(SEAE).  

El día 3 de agosto se publicó  en el Diario Oficial de la Unión Europea, L 201, pp.30-40 esta  Decisión del Consejo, adquiríendo rango normativo.

La creación del SEAE constituye una de las principales novedades introducidas por el Tratado de Lisboa, que entró en vigor el 1 de septimre de 2009. El SEAE asistirá al Alto Representante, que es también Vicepresidente de la Comisión y Presidente del Consejo de Asuntos Generales, en el ejercicio de su mandato de dirigir la Política Exterior y de Seguridad Común («PESC») de la Unión y de asegurar la coherencia de la acción exterior de la Unión.

En la presente Decisión (2010/427/EU se desarrollan las funciones del SEAE, su personal, prepuesto,  relaciones además con el Parlamento Europeo y  prestará su apoyo y colaborará con los servicios diplomáticos de los Estados miembros, así como con la Secretaría General del Consejo y con los servicios de la Comisión, a fin de garantizar la coherencia entre los distintos ámbitos de la acción exterior de la Unión, así como entre estos y las demás políticas de la Unión.

 

 

 

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