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Evaluación de la actividad investigadora

Física

Evaluación CNEAI. Criterios específicos: Ciencias

  1. Todas las aportaciones deberán ser clasificables como ordinarias.
  2. El número de autores deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión.
  3. Se valorarán preferentemente las aportaciones que sean artículos en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en el Journal Citation Reports.
  4. En la evaluación de los libros y capítulos de libros se tendrán en cuenta el número de citas cuando sea posible, el prestigio internacional de la editorial, los editores y la colección, así como las reseñas recibidas en revistas científicas especializadas.
  5. A modo orientativo, para obtener una evaluación positiva será necesario que un cierto número de las aportaciones sean artículos publicados en revistas de impacto medio o alto reconocido por el Science Citation Index, según la disciplina de que se trate:

Física. Al menos tres de las aportaciones deben ser artículos publicados en revistas de alto impacto.


Matemáticas. Al menos tres de las aportaciones deben ser artículos publicados en revistas de impacto alto o medio.


Química. Al menos tres de las aportaciones deben ser artículos publicados en revistas de alto impacto.


Biología Molecular y Celular. Al menos tres de las aportaciones deben ser artículos publicados en revistas de alto impacto.


Ciencias Biomédicas. Al menos dos de las aportaciones deben ser artículos publicados en revistas de alto impacto.


Ciencias de la Naturaleza. Al menos tres de las aportaciones deben ser artículos publicados en revistas de impacto alto o medio.


 


 

    Matemáticas

    Química

    Biología

    Ciencias Biomédicas

    Ciencias de la Naturaleza

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    Ciencias Sociales

    Derecho

    Historia y Expresión Artística

    Filosofía, Filología y Lingüística

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    Reconocimiento de tramos de investigación: Sexenios. La CNEAI

    En 1989 se introdujo en el régimen retributivo del profesorado universitario y del personal investigador del CSIC, un nuevo concepto destinado a incentivar la actividad investigadora mediante evaluaciones de convocatoria anual a cargo de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), perteneciente al Ministerio de Ciencia e Innovación.

    El sistema persigue el reconocimiento de tramos de investigación, conocidos como sexenios, mediante la evaluación de cinco aportaciones elegidas por el investigador correspondientes a seis años de su actividad investigadora.

    Los criterios generales para la evaluación se basan en la Orden de 2 de diciembre de 1994 (BOE, nº 289 del 3 de diciembre) y la Resolución de 5 de diciembre de 1994 (BOE, nº 293 del 8 de diciembre). Los criterios específicos que debían aplicarse a cada campo del conocimiento quedaron pormenorizados en la Resolución de 25 de octubre de 2005 (Boe, nº 266 de 7 de noviembre). La CNEAI publica anualmente los criterios específicos en cada uno de los campos de evaluación siendo la última la Resolución de 11 de noviembre de 2008 (BOE, nº 282 de 22 de noviembre ).

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