FRACKING
Marco jurídico de la Unión Europea y España
La Unión Europea ha elaborado cuatro estudios sobre el impacto ambiental y el marco normativo de la explotación no convencional de hidrocarburos. Estos estudios han sido realizados por el Parlamento Europeo y por la Comisión Europea. Tres informes son del Parlamento y uno de la Comisión.
El primer informe del Parlamento establece que es necesario realizar una directiva de la Unión Europea, para regular las actividades mineras.
El segundo informe del Parlamento se centra en los aspectos económicos de las explotaciones de gas no convencional. Este informe defiende que el desarrollo del gas esquisto en la UE puede ayudar a reducir las emisiones de gases del efecto invernadero. También hace referencia a que el desarrollo de este gas puede hacer que se limite la dependencia de otros combustibles que contaminan mas, además este informe recomienda mejorar los procedimientos administrativos.
El tercer informe del Parlamento, realiza una visión optimista sobre el desarrollo de este sistema, e intenta minimizar los riesgos medioambientales.
En cuanto al informe de la Comisión se centra en el marco legislativo vigente que regula las prospecciones y explotaciones del gas de esquisto, y establece que el marco legal de hidrocarburos no convencionales es suficiente, y que no se necesita una legislación específica sobre la materia.
No existe una legislación específica que regule el fracking. La legislación minera es competencia de los Estados Miembros. El marco normativo comunitario esta formado por directivas y reglamentos en materia de protección de la salud y medio ambiente.
La normativa europea en lo relativo al fracking no es suficiente, y es necesario que la Unión Europea incluya proyectos de fracking en la directiva de Impacto Ambiental. En este momento, la directiva simplemente establece recomendaciones a los Estados Miembros a planificar con antelación y evaluar los posibles efectos acumulativos antes de conceder las licencias y evaluar los impactos medioambientales que puede causar.
La explotación e hidrocarburos no convencionales plantea nuevos retos a los que la legislación europea no da respuesta. Los informes de las instituciones de la Unión Europea hacen referencia a algunas lagunas a las que la normativa ambiental no da respuesta. Estas lagunas nos llevan a la pregunta de si es necesario que la Unión Europea debe establecer una normativa comunitaria sobre el tema de la fractura hidráulica. Habría que realizar una tarea de unificación de conceptos en toda la Unión Europea para la realización de esta normativa común, para que no haya dificultades a la hora de identificar operaciones mineras.
El Fracking en España
Debido a que la Comisión Europea deja en manos de los estados la facultad de legislar, en España hubo tres comunidades autónomas que prohibieron la práctica del fracking (Cantabria, La Rioja y Navarra). El Gobierno recurrió al Tribunal Constitucional que le dio la razón estableciendo que se habían invadido competencias exclusivas del Estado. Cataluña intentó prohibir esta técnica por medio de sus competencias en urbanismo para no permitir licencias de este tipo en terrenos no urbanizables.
Se trata de una incertidumbre a la que no todavía no se ha dado solución, ya que existen municipios que se han declarado libres de fracking, pero ¿hasta donde llega su capacidad para aplicar normas a las extracciones de gas?. La sentencia del Tribunal Constitucional establece que no se puede hacer una prohibición genérica pero sí razonada para determinadas áreas.
Francisco Sánchez Malpartida