Ir al contenido

Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid

Viernes, 26 de abril de 2024

Inicio | Secciones | ¿Quiénes somos? | Equipo E-Innova | ¡Publica con nosotros! | Revistas culturales

¿Realmente se fomentan las energías renovables?

AUTOCONSUMO DE LUZ EN ESPAÑA:
¿REALMENTE SE FOMENTAN LAS ENERGÍAS RENOVABLES?

Sara Frías Chicharro - Master Formación del profesorado

En estos días, con la Cumbre de París todavía de fondo, está de reciente actualidad el problema del cambio climático, todos los gobernantes tanto de países desarrollados como de países emergentes parecen coincidir, aunque con algunos matices, en que el problema del calentamiento global es un problema real, cuyos efectos empiezan a sentirse y pueden llegar a ser dramáticos e irreversibles. Parece que el único fututo posible es la economía verde, se habla de la necesidad de una transición hacia una economía basada en energías renovables, y en este sentido se ha llegado a un gran acuerdo global.
Sin embargo, aunque pueden surgir buenos propósitos, cuando bajamos a la práctica esto no siempre parece materializarse. Nos vamos a detener en un ejemplo concreto: la regulación española del autoconsumo energético. El autoconsumo no es otra cosa que los usuarios generen su propia energía, siendo la forma más habitual en España mediante la instalación de placas solares, por algo somos uno de los países con más horas de sol del planeta.
La normativa que regula el autoconsumo se aprobó en nuestro país hace menos de 3 meses, el 9 de octubre, por Real Decreto (RD 900/2015) con una regulación que sin duda es al menos polémica. Decimos esto por todas las críticas que ha generado, tanto en asociaciones de consumidores y usuarios, en grupos ecologistas, como en asociaciones fotovoltaicas (Unión española fotovoltaica y Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica entre otras). Todos estos grupos parecen coincidir en que este Real Decreto no plantea un marco regulatorio que favorezca el autoconsumo de energía sino que propone unas condiciones que aparentemente dificultan su desarrollo. El tema incluso ha traspasado fronteras y en medios internacionales se pueden encontrar menciones e incluso críticas a nuestra nueva regulación (revista Forbes).
Vamos a analizar dicha nueva normativa, centrándonos en los aspectos que han sido más polémicos para sacar nuestras propias conclusiones.
En primer lugar, la nueva regulación establece un gravamen que ya se ha bautizado con el nombre de "impuesto al sol", sin duda el punto más controvertido de la nueva Ley. En realidad esto es un "peaje de respaldo" que deberán pagar aquellos consumidores que opten por generar su propia energía pero que quieran seguir conectados a la red eléctrica. Dicho cargo se justifica en la necesidad de contribuir al sostenimiento del sistema eléctrico, de la red de distribución eléctrica global. Actualmente, todos los consumidores que no optamos por el autoconsumo, en nuestras facturas nos encontramos con tres conceptos: el consumo de energía, unos peajes para pagar los costes regulados y los impuestos. Con la nueva regulación en las facturas por autoconsumo, se mantendrían los peajes, puesto que en principio no habría consumo de energía, salvo que se necesitara consumir energía para complementar la producida por la instalación fotovoltaica.
Por lo tanto, nos encontramos con un cargo que se deberá pagar por el mero hecho de tener instalada una placa solar para el consumo propio, siempre y cuando esta esté conectada a la red eléctrica global (lo más habitual). En este sentido, aunque el mencionado peaje se justifica en la necesidad de contribuir al sostenimiento del sistema eléctrico, esto no parece tener demasiado sentido dentro del desarrollo de la propia Ley. Se está estableciendo un gravamen aunque la energía que se genere y se autoconsuma no pase en ningún momento por dicha red de distribución, e incluso se aplica a aquellas instalaciones que incluyan baterías cuando precisamente la función de una batería es dar respaldo a la instalación solar para que pueda trabajar cuando no hay sol.
En segundo lugar, con respecto a la posibilidad de vender el excedente de energía producida, si fuera el caso, la Ley distingue dos supuestos. Para las instalaciones fotovoltaicas de menos de 100kw podrán verter energía a la red eléctrica pero no podrán cobrarla, y las instalaciones de más de 100kw, podrán venderla al precio horario que exista en el momento en que se vierta la energía, pero se exige la inscripción en un registro de productores de electricidad.
Por otra parte, la Ley exige que sea el mismo titular del punto de suministro que el de todas las instalaciones de generación, esto que puede parecer una nimiedad, bloquea la posibilidad de tener una instalación fotovoltaica de autoconsumo en una comunidad de vecinos, que alimente a las viviendas de cada vecino. La única posibilidad es tener una instalación fotovoltaica comunitaria para alimentar los servicios comunes de la comunidad de vecinos. Esto desde luego no posibilita el autoabastecimiento en los bloques de pisos de las ciudades españolas.
Otro tema que ha generado controversia, es la complejidad de los trámites que marca la normativa para poder producir energía eléctrica para el autoconsumo. La nueva Ley exige, que se firmen "contratos de acceso" con las empresas distribuidoras, se exige además la instalación de equipos de medida o contadores separados para la energía solar producida y consumida, se exigen proyectos de ingeniería que validen la instalación fotovoltaica, e incluso se exige la inscripción en un "registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica". Esta complejidad burocrática difícilmente puede conciliarse con la intención de impulsar el uso de energías renovables.
Por último, otro tema llamativo es el régimen sancionador previsto en los supuestos de incumplimiento de la Ley. Por ejemplo, se considera infracción muy grave el incumplimiento de la obligación de registro, y puede estar sancionado con una multa de entre seis y sesenta millones de euros. Con estas sanciones tan elevadas resulta disuasorio no solo no inscribirte en el registro sino directamente lo que resulta disuasorio es optar por la instalación de placas para el autoconsumo.
Por todo lo expuesto entendemos que este Decreto puede suponer un freno al autoconsumo de energía. Peajes, trabas burocráticas, sanciones, etc, no son la vía para fomentar el uso de energías renovables.
Resulta llamativo que España reme a contracorriente, y no se abra a un futuro que la tecnología ya ha hecho alcanzable. Esto no ocurre en los países de nuestro entorno como Alemania o Italia, entre otros muchos, donde se fomenta el autoconsumo como una vía para el desarrollo de la generación limpia, el ahorro, la eficiencia, la independencia energética, e incluso el fomento del empleo.
Hasta el momento, en nuestro país, gracias a la evolución de la tecnología fotovoltaica, los costes de la misma habían bajado en los últimos años más de un 80% y al amparo de esta realidad, se estaba desarrollando un pequeño mercado de autoconsumo enfocado en industrias y comercios, que conseguían reducir sus facturas energéticas y mejorar su competitividad. Y ahora ¿qué es lo que va a ocurrir con esta nueva regulación? ¿realmente creemos que este perfil de usuarios va a tener incentivos a la instalación de placas fotovoltaicas?
Tenemos que entender que con utilización de energías renovables ganamos todos como ciudadanos de un lugar llamado Mundo. Quizá el autoconsumo genere una menor recaudación para el Estado y las empresas energéticas pierdan algún punto porcentual en su volumen de ventas y por tanto márgenes, pero estas cesiones a corto plazo deben posibilitar un mundo más sostenible en el futuro. No podemos ir a la Cumbre de París con buenos propósitos a alto nivel pero cuando nos detenemos en las pequeñas cosas no contribuimos a qué esos buenos propósitos se materialicen en acciones concretas.
Todo lo expuesto nos conduce a la pregunta ¿existe realmente una voluntad de nuestros gobernantes de caminar hacia las energías limpias o simplemente se mueven por intereses cortoplacistas sin pensar en el mundo del futuro que dejaremos a los hijos de nuestros hijos?

 

Bookmark and Share

Comentarios - 0

No hay comentarios aun.


Logotipo de la UCM, pulse para acceder a la página principal

Copyright © 2017 E-Innova

ISSN: 2172-9204