La mayoría de los libros de la Biblioteca pueden solicitarse en préstamo a domicilio, siendo la única condición para utilizar este servicio tener la tarjeta "chip" de la UCM o, en su defecto, el
carné vigente de la BUC.
Quedan excluidos del préstamo:
las obras de referencia (bibliografías, enciclopedias, diccionarios, etc.),
los libros de especial valor,
las publicaciones periódicas y los materiales especiales, así como cualquier otro tipo de fondo que pueda determinar la biblioteca.
El prestatario tiene la obligación de devolver la obra a la biblioteca, una vez finalizado el plazo de préstamo, en las mismas condiciones en que la recibió, por lo que deberá informar al personal de la biblioteca de cualquier desperfecto que haya observado en el documento, antes de que le sea prestado.
Tipo de préstamo:
Usuarios | N. frecuentes, normal y especial corto | Para sala | Fin de semana y mat. especial (vídeos, cd-rom...) | Total |
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Visitante eventual
| 2 (sólo consulta en sala) | 2 | 2 (sólo consulta en sala) | 6 |
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Usuario no UCM | 4 | 2 | 2 | 8 |
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Estudiante UCM | 8 | 2 | 2 | 12 |
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Estudiante UCM con doble matrícula | 12 | 4 | 4 | 20 |
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PAS y Becarios UCM | 12 | 4 | 4 | 20 |
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Investigador | 12 | 4 | 4 | 20 |
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Investigador no UCM
| 4
| | | |
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Profesor e investigador Consorcio Madroño
| 4
| | | |
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Profesor UCM | 25 | 5 | 5 | 35 |
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Algunas Bibliotecas, por las especiales características de sus fondos, podrán establecer diferentes límites dependiendo de sus colecciones.
Sanciones:
En caso de no devolución el usuario será sancionado con la exclusión del servicio de préstamo durante un nº de días proporcional a:
- los días de retraso en la devolución
- la condición de préstamo del libro
- la categoría de usuario
Todos los usuarios tienen la obligación de devolver las obras en préstamo dentro del plazo establecido y en las mismas condiciones en las que las recibieron. Su incumplimiento conllevará las correspondientes sanciones. (art. 73 del Reglamento de la Biblioteca).