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La UE rechaza la discriminación positiva en el cálculo de las primas de seguro

1 de Marzo de 2011 a las 15:41 h

"La consideración del sexo del asegurado como factor de riesgo en los contratos de seguro constituye una discriminación. La norma de primas y prestaciones independientes del sexo se aplicará a partir del 21 de diciembre de 2012"

Sentencia de 1 de marzo de 2011, en el asunto C-236/09, Association belge des Consommateurs Test-Achats ASBL y otros

 

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha  prohibido que las compañías asegurados tengan en cuenta el criterio del sexo para el cálculo de las primas de seguros, por ejemplo seguros de automóviles o de vida.
Los analistas creen que el dictamen abre la puerta a la subida de los seguros de coche para las mujeres, especialmente jóvenes, que ahora pagan primas inferiores a los hombres de su edad porque las estadísticas demuestran que tienen menos riesgo de accidentes.

La Directiva europea 2004/113/CE prohibe la discriminación por razón de  sexo en el acceso a bienes y servicios y su suministro en los contratos, si bien también admite una excepción al permitir a los Estdos miembros autorizar diferencias en función del sexo  en las primas y prestaciones de seguros cuando éste constituya un  factor determinante de la evaluación del riesgo y esto se fundamente en datos actuariales y estadísticos pertinentes y exactos y accesibles al público.

La fecha límite para incorporar dicha directiva a las distintas legislaciones nacionales era el 21 de dciembre de 2007. La legislación nacional belga fue recurrida por la Association belge des Consommateurs Test-Achats ASBL y otros ante el Tribunal Constitucional propio, que a su vez planteó una solicitud de dictamen al Tribunal de la UE

Esta situación estará vigente hasta 21 de diciembre de 2012, cinco años despues de la trasposición de esta Directiva, cuando los Estados miembros deberán revisar las justificaciones de tales excepciones, de acuerdo con datos actuariales y estadísticos más recientes, de acuerdo también con un informe elaborado a tal proposito por la Comisión Europea. El  Tribunal de Justicia  de la UE advierte de como en esta situación se consolidaría   en el Derecho de la Unión la excepción a la igualdad de trato entre hombre y mujeres prevista en la citada Directiva.

No se respetarían los valores recogidos en la Carta Europea de Derechos Humanos ni en el vigente derecho comunitario sobre la igualdad de trato.

Por ello el Tribunal de la UE declara inválida con efectos a 21 de diciembre de 2010 la excepción a la norma general de primas y prestaciones independientes del sexo en el sector de los seguros.

Comunicado de prensa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, 1 de marzo de 2011

Texto completo de la sentencia.

La Comisión Europea adopta una estrategia para garantizar el respecto de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

Declaración de la Vicepresidenta de la Comisión Europea   y Responsable de Justicia Vivianne Reding.

 

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