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Boletín UE 10-1998
Competencia (27/28)

Decisiones finales negativas

Austria

1.2.61. Decisión de la Comisión relativa a una ayuda para una inversión en el extranjero de la empresa LiftgmbH.

Incoación del procedimiento: Bol. 12-1997, punto 1.2.98

Aprobación por la Comisión, el 14 de octubre. La Comisión decidió dar por terminado el procedimiento que había iniciado en virtud del apartado 2 del artículo 93 del Tratado CE con relación a la ayuda prevista en favor de la empresa LiftgmbH, que es una filial del grupo internacional Austrian Doppelmayr, prohibiendo la concesión de un préstamo bonificado de 25 millones de ATS (1,8 millones de ecus). Este préstamo, que representaba una ayuda de 1,8 millones de ATS (0,13 millones de ecus), debía concederse a dicha empresa en aplicación del "ERP Internationalisierungsprogramm" con vistas a una inversión en China. En efecto, la Comisión llegó a la conclusión de que la ayuda era incompatible con el mercado común. Se trataba de una ayuda a una gran empresa cuyos competidores son todos ellos empresas europeas y que ya está sólidamente instalada en China. No se cumple, pues, el criterio de necesidad de la ayuda, tanto más cuanto que LiftgmbH ya ha iniciado la fase de producción en unas instalaciones alquiladas. Habida cuenta del carácter estratégico del mercado chino, pese a su limitada cuantía la ayuda podría afectar a la competencia entre Estados miembros en forma contraria al interés común.


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