[ Bienvenidos | Boletines (1998) | Indice acumulado Boletines | Salida ]
[ Sumario | Página anterior | Página siguiente | Indice ]

Informe General 1998 - Capítulo IV: Espacio económico y social comunitario
Sección 4: Mercado interior (17/51)

164.  En el sector de los productos alimenticios, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron, el 15 de octubre, la Directiva 98/72/CE, por la que se modifica la Directiva 98/2/CE, relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes ( cuadro I). También alcanzaron un acuerdo, el 8 de diciembre, sobre propuestas de directiva relativas a los alimentos tratados por ionización ( cuadro I), así como a los extractos de café y achicoria ( cuadro I). El Parlamento Europeo adoptó también, el 10 de marzo, una Resolución ( 1 ) relativa al Libro Verde de la Comisión sobre principios generales de la legislación alimentaria de la Unión Europea. ( 2 ) El Consejo, por su parte, adoptó el 26 de mayo el Reglamento (CE) n° 1139/98, que establece las normas comunitarias de etiquetado y presentación de determinados productos alimenticios fabricados a partir de organismos modificados genéticamente ( cuadro II), y el 17 de diciembre una posición común sobre una propuesta de directiva cuyo fin es ampliar a las materias primas agrícolas y a los productos cinegéticos la Directiva 85/374/CEE, relativa a la responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos ( cuadro II).


( 1 ) DO C 104 de 6.4.1998 y Bol. 3-1998, punto 1.2.27.
( 2 ) COM(97) 176 e Informe General de 1997, n° 191.

[ Bienvenidos | Boletines (1998) | Indice acumulado Boletines | Salida ]
[ Sumario | Página anterior | Página siguiente | Indice ]