1014. La Comisión, en este contexto, precisó su estrategia en torno a distintos aspectos específicos de la protección de los intereses financieros de las Comunidades. En particular, adoptó una serie de comunicaciones: el 29 de abril, sobre las acciones que deben emprenderse para combatir el fraude en materia de impuestos especiales sobre el consumo; ( 1 ) el 1 de julio, sobre un marco de acción para luchar contra el fraude y la falsificación de los medios de pago distintos del pago en efectivo ( n° 973), y, el 22 de julio, sobre una estrategia de lucha contra la falsificación de los billetes y monedas en euros, ( 2 ) comunicación que fue objeto, el 17 de noviembre, de una Resolución del Parlamento Europeo ( 3 ) y, el 23 de noviembre, de conclusiones del Consejo. ( 4 ) En el marco de la aplicación del Reglamento (CE) 515/97, ( 5 ) la Comisión, por otro lado, precisó el 27 de marzo ( 6 ) las operaciones relativas a la aplicación de la normativa agrícola, cuyas informaciones deben introducirse en el sistema de información aduanera (SIA). A su vez, el Parlamento Europeo adoptó el 17 de febrero una Resolución sobre presuntos fraudes e irregularidades en el sector del turismo. ( 7 )