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Informe General 1998 - Capítulo VI: Cooperación en los ámbitos de la justicia y de los asuntos de interior
Sección 4: Cooperación judicial (3/4)

973.  En el marco de la aplicación del programa de acción sobre la lucha contra la delincuencia organizada aprobado por el Consejo Europeo de Amsterdam en el ámbito judicial penal, ( 1 ) el Consejo adoptó, el 21 de diciembre, una acción común relativa a la incriminación de la participación en una organización delictiva en los Estados miembros de la Unión Europea, ( 2 ) así como una Resolución sobre la prevención de la delincuencia organizada. ( 3 ) Por su parte, la Comisión adoptó, el 1 de julio, una propuesta de acción común relativa a la lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo, ( 4 ) que el Parlamento Europeo aprobó el 17 de noviembre. ( 5 )


( 1 ) DO C 251 de 15.8.1997 e Informe General de 1997, n° 1031.
( 2 ) Acción común 98/733/JAI (DO L 351 de 29.12.1998 y Bol. 12-1998).
( 3 ) Bol. 12-1998.
( 4 ) COM(1998) 395 y Bol. 7/8-1998, punto 1.5.3.
( 5 ) DO C 379 de 7.12.1998 y Bol. 11-1998, puntos 1.4.7 y 1.4.8.

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