1120. De acuerdo con el compromiso asumido en su Libro Blanco sobre la política social europea, ( 1 ) así como con el principio de no discriminación definido por el nuevo texto del artículo 6 A del Tratado CE, la Comisión adoptó en septiembre un «código de buena conducta para el empleo de personas minusválidas», por el cual integra (en particular, en materia de contratación, de desarrollo de carrera y de configuración de los edificios) los principios de igualdad de derechos y de participación efectiva de las personas minusválidas.